Iniciativa parlamentaria para establecer remuneración por copia privada es inconstitucional

Publicado el 30 July, 2007 por alberto cerda bajo Congreso, Legal, Noticias.

La Constitución Política sienta las bases del régimen impositivo para nuestro país, asegurando a todas las personas que los tributos serán fijados por ley, que los ingresos generados por su recaudación ingresarán al país para beneficio de todos los chilenos, y que las leyes que los creen tendrán su origen en una iniciativa presidencial.

Con motivo de la discusión que tiene lugar en el Congreso para modificar la ley de propiedad intelectual, se ha introducido una indicación parlamentaria que viene a establecer lo que denomina un sistema de “remuneración” por copia privada de las obras musicales y videogramas. Se trata de un pago a favor de los autores e intérpretes, ejecutantes y productores de tales obras. Para ello, los fabricadores e importadores de soportes y sistemas de grabación, así como quienes los ofrecen y aún los mismos usuarios estarán obligados a pagar un sobreprecio por la circulación de estos dispositivos. El monto de tal sobreprecio será determinado unilateralmente por la entidad de gestión colectiva de derechos de autor.

Salta a la vista que más que constituir una remuneración, lo que se encubre es el establecimiento de un verdadero “impuesto”, un tributo que grava la tecnología en beneficio de ciertas personas. Por ello, tal iniciativa es inconstitucional: primero, porque un proyecto de ley sobre la materia es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, y no de un parlamentario; segundo, porque nuestra Constitución prohíbe que los tributos queden afectos a destinos determinados, esto es, prohíbe establecer impuestos a favor de un grupo de personas, tal cual sugiere la iniciativa; y, tercero, porque el proyecto faculta a una entidad privada para que fije el monto de este impuesto, lo cual debía ser fijado por la propia ley.

El fortalecimiento de la cultura y las artes no puede realizarse a través del establecimiento de un impuesto como el indicado, que no sólo socava el acceso a la cultura y a la tecnología, sino que menoscaba nuestras garantías constitucionales y nuestro desarrollo tecnológico. Es de esperar que tal iniciativa no pase de ser un triste episodio legislativo, y que no se concrete en ley.

Disponible versión electrónica del informe presentado por ONG Derechos Digitales en relación con el proyecto de ley en general y minuta de sobre la indicación parlamentaria para establecer un impuesto por copia privada.

Alberto Cerda Silva
Director de Estudios
ONG Derechos Digitales

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11 comentarios

  1. Me parece muy importante este post.
    Y de paso no sirve para asentar que el objetivo de toda esta coordinación no solo tienen que ver con el acuerdo MS-Gobierno, sino que tiene que ver con resguardar derechos, justicia y libertades.

    Saludos

  2. Mmm… Creo que hay uno que otro error en este post.

    Tengo entendido que el ejecutivo despacha varios proyectos de ley ¿que tiene de inconstitucional que la presidenta mande un proyecto de ley? los otros 2 argumentos si me parecen válidos.

  3. De acuerdo. Al respecto se ha hablado y deben separarse las cosas: en lo inmediato se están estudiando y coordinando las acciones relacionadas al acuerdo MS-MINECON, pero en los aspectos de fondo relativos a la Libertad (que para existir deben garantizarse los derechos y justicias), se está trabajando en los diferentes equipos para establecer la misión, funcionamiento orgánico, espectro geográfico, tecnologías y principios de Liberación Digital, para lo cual se están en la actualidad mejorando los mecanismos y espacios de participación

  4. Ojala que sea incontitucional, ya que es realmente impresentable que se llegue a establecer algo así en Chile…

    Más info sobre esto, en el siquiente link: http://www.quemarlasnaves.net/2007/07/24/la-scd-quiere-que-pagues-por-cada-cd-virgen/

    (Hoy en fayerwayer.com salio una noticia que hace eco de este articulo de quemarlasnaves.net: http://www.fayerwayer.com/2007/07/impresentable-scd-quiere-comision-por-cada-cd-virgen-vendido/)

    En ese mismo blog es posible encontrar otras cosas que la SCD quiere que se indiquen en el proyecto de propiedad intelectual:
    http://www.quemarlasnaves.net/2007/07/20/la-scd-cree-que-se-muere-la-musica/

    NO AL CANON!!!

    No se si este movimiento abarca (o deba abarcar) estos temas… Aunque no deja de ser algo muy importante y que nos afecta a todos.

    Saludos!

  5. Errata: donde digo “no sirve”, quiero decir “nos sirve”. Y claro, ahora el foco es este, pero la oportunidad de trascender a ello está.

    Por cierto, y a propósito de un comentario alusivo a el carácter democrático del movimiento. Es importante tener en cuenta que las posibilidades técnicas de establecer una democracia efectiva hoy día no existe. El movimiento es distribuido, los participantes se encuentran en todo el país y fuera de él y técnicamente no existe el software para asegurar un comportamiento democrático.

    Esto implica que se puede intentar ser lo más “democrático” posible, pero creo que es mejor asumir ésta limitante y dejar que las acciones se tomen de un modo muy distribuido(asumiendo el riesgo de arrancadas de tarros), excepto quizás en áreas donde se requiere que haya un acuerdo “oficial”. Por lo que he visto y he participado creo que hasta ahora se ha apuntado en esa dirección.

    Todo esto para concluir con que hay que cuidarse mucho de utilizar la palabra “democracia”.

    Saludos

  6. Bien por lo del uso de la palabra “democracia”, mejor usar “participación” (en mi opinión personal).

    Tecnicamente estoy de acuerdo que no existe SW que asegure que cualquier movimiento sea participativo, pero es importante como señala Daniel que el efecto “distribuido” sea tal, ha sido así y en las reuniones se ha planteado que debe mantenerse de esta forma.

    Como estamos de acuerdo que no hay SW que lo permita, debe quedar claro que los SW que se están utilizando, se usan para estos fines, pero no asegura los fines (solo son herramientas) y hoy ya se comentó que todos los que participan son la ASAMBLEA, los equipos son autónomos y descentralizados, pero la Asamblea en adelante DECIDIRA por Liberación Digital (se harán las performances de las aplicaciones y espacios para que esto sea así, mecanismo de votaciones, etc.)

  7. WOW Excelente…
    Muy buen argumento, es un principio constitucional de Orden Publico Economico
    Me remito a la carta constitucional del 80

    Corresponderá, asimismo, al Presidente de la República la iniciativa exclusiva para:
    1º.- Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión (Art. 65)
    Aplicar nuevos impuestos es facultad de la Señora Presidenta no de un simple congresista

    Saludos

  8. Ciertamente que, sin considerar un aspecto legal que desconozco, el hacer una ley como tal no cae bien a ninguno. El comentario de mi polola es que con esto estarían “legalizando” la piratería al cobrar por productos asociados a ella… así como sería legalizar la droga cobrando altos precios por ella…

  9. En España ese impuesto se llama canon y existe un debate tremendo sobre el tema.
    Hay que averiguar qué parlamentarios pusieron esta indicacion.
    Con ese proyecto de ley nos están quitando el legitimo uso de la copia privada.
    Incluso pagariamos impuesto de “derechos de autor” por un cd con las fotos de nuestras propias vacaciones.

  10. Como dice Percy, en Espa~na este es un tema bastante grave, de echo hay un movimiento ciudadano (http://www.todoscontraelcanon.es) que lucha contra este sistema de impuesto/canon digital el cual es administrado por la SGAE (http://es.wikipedia.org/wiki/Sociedad_General_de_Autores_y_Editores) una de las instituciones mas ODIADAS de este pais.

    Copypasteo un trozo de un documento informativo que hay en el sitio de TodosContraElCanon:

    Sobre el Canon Digital

    • ¿Qué es el Canon Digital?

    El Canon es un cantidad de dinero, parecido a un impuesto, que se aplica a todos los equipos y soportes electrónicos y que se justifica legalmente como “una compensación a cambio del derecho a realizar copias privadas de los contenidos que adquirimos legalmente” tal y como se recoge en el Artículo 25 (Compensación equitativa por copia) introducido en la reciente reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).

    • ¿Cómo se aplica?

    Los ciudadanos pagan cada vez que compran un producto electrónico que ya incorpora el canon, los fabricantes y/o distribuidores pagan lo recaudado por este concepto a entidades privadas de gestión, y éstas a su vez, de una forma arbitraria y opaca, se quedan con una parte de lo recaudado y el resto se distribuye entre un número limitado de autores y propietarios de estos derechos.

    •¿Cuánto se paga y como varía?

    En estos momento por un DVD se pide 1,6 Euros (esto supone más del 60% de su coste), otro ejemplo un iPod de 30GB pagaría lo siguiente en: UK: 0 €; Alemania: 2,56 €; Italia: 9,87 €; Suecia: 13,5 €, Finlandia: 15 €; Austria: 18€; España: 90,6 € ( Fuente CLRA)

    ¿Por qué es injusto?

    • Consumidores: El Canon es un impuesto que se nos oculta y que representa unporcentaje alto en el precio final del dispositivo sin tener en cuenta que estos dispositivos cada vez se usan más para uso privado.

    • Empresas y administraciones: utilizan cada día más estos equipos para su trabajo y actividad diaria con contenidos propios y pagan este impuesto igual que los particulares.

    • Industria Tecnológica: Además de suponerles un coste adicional ( más de dos billones de € ) que debe de repercutir en su productos, les sumerge en una inseguridad jurídica (muchas están inmersas en litigios con las entidades de gestión. 500 millones de € en 2004) y provoca una deslocalización tanto de la fabricación como de la venta y distribución hacia países donde no se aplica este Canon.

    • Economía y Sociedad: resta competitividad, frena inversiones y dificulta el avance de la Sociedad de la Información.

    • Propietarios de los derecho: El sistema de reparto solo beneficia a unos pocos, genera conflictividad social y frena el desarrollo de nuevos modelos de negocio.

    Impacto en los consumidores

    • Incremento desorbitado de los precios que pagamos: Tomemos por ejemplo un
    dispositivo multi-funcional (impresora, escáner, copiadora,…) que cada vez es más habitual en los hogares: estos dispositivos ya se puede comprar en las tiendas otros países en torno a los 80 € (incluyendo el 16 % de IVA). En España el Canon para este equipo es de 45 € + 16% IVA, lo cual hace que el precio que encontramos en las tiendas españolas esta en torno a los 131 euros.

    El canon supone, en este caso, el 66% del coste y este siempre repercute
    directamente al consumidor

    • Múltiple imposición: pagamos por lo mismo dos, tres y cuatro veces: por el grabador, por el soporte, por los dispositivos donde lo escuchamos,…

    • Pagamos por nuestros propios contenidos: nuestras fotos, videos, copias de seguridad,… van en dispositivos y soportes gravados con el canon y su recaudación va a entidades de gestión privadas que lo reparten a unos pocos

    Es evidente que este es un tema tanto o mas grave que el de MS-GOBIERNO, pues es directamente un proyecto de ley, y una vez aprobado… veo muy dificil una solucion. por Lieberacion Digital

  11. Disculpen, edito el ultimo parrafo de mi primer post >_

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