¿y que tanto con los Derechos de Autor?

Para los que no lo sepan, el Derecho de Autor, el CopyRight y la Propiedad Intelectual no son lo mismo, si bien el espíritu puede ser similar no son lo mismo, para tratar de entender los bemoles de esto pueden leer lo que dice Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Copyright

Ahí se puede ver que los derechos de autor y cia. no siempre han existido, solo aparecieron formalmente el siglo XVIII a raíz de la invención de la Imprenta, o sea, Leonardo DaVinci, Miguel Angel y todos los artistas pre-sXVIII hicieron cultura sin problema y sin la necesidad de la existencia de los Derechos de Autor.

Bueno, los Derechos de autor no son ni buenos ni malos, solo son lo que nosotros como sociedad queremos que sean, o sea, como sociedad nos podemos poner de acuerdo en hacer mucho mas estricta la aplicación de los derechos de autor y llegar a un nivel extremo imponiendo penas de cortar la oreja o un dedo si alguien escucha o piratea un canción sin permiso o podemos llegar al otro extremo y sencillamente eliminar los Derechos de Autor y vivir todos felices, es cosa de firmar una u otra ley y listo.

Podemos decir que como sociedad democrática, Chile hoy en día reconoce como valida la existencia de los Derechos de Autor pero estamos de acuerdo que la ley que los norma está absolutamente obsoleta, por eso toda esta discusión.

Un antecedente importante es que Chile ha firmado varios tratados de libre comercio, en particular con USA y con la Union Europea, tratados que especifican items asociados a la protección de los Derechos de Autor y que en cierto modo son restricciones a lo que podemos hacer o no podemos hacer con la actualización de la Ley.

A causa de estos TLC, el gobierno tuvo que ponerse las pilas e impulsar el proyecto de ley que modifica la Ley, por lo que SUPUESTAMENTE se debería haber comenzado el debate para que la sociedad nos pusiéramos de acuerdo qué tipo de Ley queremos. SUPUESTAMNETE el gobierno, los diputados y senadores son los representantes de la sociedad completa, en ellos hemos delegado nuestra voz y voto para generar estos consensos como sociedad, por eso la Ley la impulsa el Gobierno y la discuten Diputados y Senadores.

Lamentablemente existe el LOBBY, CUOTEOS POLITICOS, PAGOS DE FAVORES, OPERADORES POLITICOS y una serie de otras malas practicas que hace que la definición de las leyes no sean el reflejo de lo que la sociedad quiere, sino que son el reflejo de lo que ciertos grupos mas influyentes quieren para su propio beneficio.

Bueno, el ejemplo mas claro de estas ‘practicas no deseables’ es el ACUERDO SECRETO firmado entre el Gobierno y la SCD, que NO es el resultado de un dialogo de la sociedad, sino que es favorecer a un pequeño grupo influyente en desmedro del resto de la sociedad.(Los músicos asociados a las SCD son solo 4.500 personas de un total de mas de 15.000.000 de Chilenos)

Uno de los principales argumentos de la SCD es que con la ley que ellos proponen SE PROTEGE LA CULTURA y que si no se hace eso, se perderá, o el nivel cultural nacional bajará….¡PAMPLINAS! con las propuestas de la SCD se fortalce el “Modelo de Negocio” que ha explotado la INDUSTRIA de la cultura y que últimamente se ha visto perjudicado por las nuevas tecnologías como los MP3/CD/Internet.

El nivel cultural de un pais NO LO DEFINE UNA LEY, lo que si hace una ley es determinar cuáles son los modelos de negocios que se pueden aplicar, o sea, si la ley define que los derechos de autor ya no existen, ¡la cultura seguirá existiendo! y serán los modelos de negocios existentes los que desaparecerán para dar paso a otros modelos de negocios que sabrán como rentabilizar la cultura en una sociedad sin derechos de autor.

Bueno, lo que tenemos que hacer es trabajar para tener una BUENA LEY, que nos de un TRATO JUSTO PARA TODOS y no solo para algunos, ¡NO A LA LEY SCD!

13 Comentarios » Publicado el 31.10.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

¡Despierta! Estamos en Facebook.

Facebook

En Liberación Digital nos gusta la tecnología y la libertad, por eso tenemos muchas formas para que elijas libremente como trabajar para que todos ¡Despierten!. Está el Blog, las lista de correos en Google Groups, el Wiki, un grupo en Last.fm y Flickr, nuestro @Twitter y también el Grupo en Facebook. Únete al grupo e invita a tus amigos.

PD: ¿Sabias que Microsoft es dueño aprox. del 1,6% de FB?

7 Comentarios » Publicado el 24.10.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

Propuestas Ciudadanas para una ley de Propiedad Intelectual

Este post está abierto para que cada uno en los comentarios pueda proponer ideas alternativas a lo que está en discusión, apelando a la inteligencia de las masas, que cada uno proponga sus ideas (por muy estúpida que sean), que se discutan y se saque lo mejor de todas para aportar a la discusión.

Yo tengo la mía y la dejo en los comentarios, para que la discusión no se centre solamente en ella, recuerden, la idea es que escriban sus ideas y las podamos debatir.

14 Comentarios » Publicado el 14.10.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

¿Quién tiene la culpa de la piratería?


Lusi

Hay varios que pueden ser sindicados como culpables de la piratería, estos son:

1. La industria de Internet:

Aquí están todos los que prestan servicios en internet, partiendo por los Proveedores de acceso (ISP: Internet Service Provider), ya que nos habilitan acceder a los contenidos pirateados, también están los proveedores de DataCenter, que es donde se pueden guardan los contenidos pirateados, se agregan los servicios que prestan servicios P2P (Napster, Bitorrent), que nos permiten intercambiar entre usuarios el contenido y por último los que prestan servicios de guardar/transmitir contenidos como lo es youtube, last.fm etc.

A estos acusa Santiago Schuster, cuando alega que los ISP ganan dinero vendiendo conexiones que permiten “P2P ilimitado” y lo que bajan los usuarios es música protegida con derechos.

2. La tecnología

La tecnología es la que ha permitido que la industria de la música sea lo que es hoy en día, la creación de los Vinilos, Cassettes, CD/DVD la radio y la televisión han permitido la distribución masiva de los contenidos, pero ahora esta misma está mermando el negocio, ya que poder disponer de un disco duro de 300GB donde guardar millones de mp3 casi que elimina la necesidad de tener que comprar música legal, para que decir de todos los dispositivos donde grabar o transportar música, como los CD/DVD/PENDRIVE/ipod/etc).

A estos apunta el Canon Digital implementado en España, que le cobra un impuesto a todas esas tecnologías que permiten grabar música, ya que POTENCIALMENTE se podría usar para la piratería, esto es que si uno en España compra un pendrive o un disco duro, o CD/DVDs vírgenes (y una larga lista) tiene que pagar un impuesto, impuesto que va a parar a la SGAE, que es como la SCD de Chile.

3. Los usuarios.

Bueno, los usuarios son los que se conectan a Internet, buscan música, la descargan, copian CDs o los compran pirateados y la escuchan. A estos ha atacado la RIAA (Que es como la SCD de USA)

4. La industria de la música

El hecho que un CD cueste $10.000.- es un gran incentivo para piratearlo, ya que en un CD hay solo 60 minutos de música y si uno quiere tener una buena colección de música (digamos unos 50CDs) debería desembolsar $500.000.- algo que muy pocos pueden hacer. Es un mito que los usuarios NO están dispuestos a pagar por la música, sino no existiría el mercado de la piratería, por algo la gente compra un CD pirata ¡están dispuestos a pagar!, pero no a pagar las 10 lucas de un CD. La tienda online iTunes de Apple gana millones de dolares vendiendo canciones a 99Centavos de dolar, o sea, la gente ¡paga por la música! para que decir lo que paga por ir a un concierto, como los de Madonna…

Muchos artistas ya se han dado cuenta de esto y liberan sus canciones con licencia CC, como lo que hizo RadioHead, que vende su música al precio que el usuario quiera pagar por ella.

De las 10 lucas que cobran por la venta de un CD, ¿Cuanto llega para el artista?, lo mínimo!. Proteger a “La industria de la Música” para que no se pirateen los CDs y la gente siga comprándolos a 10 lucas NO ES PROTEGER A LOS ARTISTAS, es proteger un modelo de negocios asociado a la intermediación discográfica, donde el intermediario gana mas dinero que el artista.

¿A quien culpamos?

Algunos plantean que se debe cobrar a los proveedores de Internet ya que por sus redes pasa la piratería, ¿esto sería una multa o un pago de derechos “tarifa plana”?. Está claro que ese cobro que se haría a los proveedores de Internet se pasaría directamente a los usuarios, por lo que pagarian justos por pecadores, ya que hay muchos usuarios que sencillamente no bajan ni si quiera un bit de música pirata.

Otros plantean cobrar el canon, donde también pagarían justos por pecadores, ya que no todos los CDs vírgenes que se compran son para grabar música, tampoco los discos duros, por lo que seria una medida altamente impopular.

La discusión es compleja :(

¿Y que hacemos?

Bueno, sea cual sea el camino que se elija, lo que hay que dejar en claro es que lo qué se está protegiendo es UN NEGOCIO, es el negocio de la música lo que se busca proteger, no es ese concepto de “la cultura” como dicen muchos.

La industria de la música ha creado y explotado un modelo de negocios particular, que fue exitoso por años debido a unas condiciones en particular que existían, pero que ya no están. Estas condiciones han sido la existencia de la radio y televisión que permitían hacer la difusion masiva de contenidos, pero que no permitían la grabación de estos, por lo que se generaba la necesidad de escuchar estos contenidos, lo que encausaba a los usuarios a comprar un vinilo, casette o CD. La ley se alineó con esa realidad y por eso es como es hoy en día.

Pero las cosas han cambiado (y mucho) con la aparición de Internet y los dispositivos de grabación, por lo tanto la ley DEBE MODIFICARSE, pero debe modificarse para adaptarse a la nueva realidad y no adaptarse para mantener las antiguas condiciones a la fuerza y asi proteger un modelo de negocios en particular que solo beneficia a unos pocos.

¿Es justo hacer una ley donde se protege el negocio de solo unas 4.500 personas que son socios de la SCD ?

18 Comentarios » Publicado el 12.10.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

¿Qué es la SCD?

Para saber el trasfondo de toda esta discusión en torno al Acuerdo SCD/Gobierno de Chile, primero tenemos que saber quienes son los participantes, entonces ¿Qué es la SCD?.

No encontré una entrada en la wikipedia, pero si información en su sitio web, (Espero no me cobren derechos de autor por el Copy&Paste.):

¿Por qué existe la SCD?


“Que, la ley Nº19.166 modificada de la ley Nº17.336, sobre Propiedad Intelectual ha establecido un régimen de administración colectiva de los derechos de autor y conexos, que asegure una efectiva protección de los derechos intelectuales en el país, bajo la responsabilidad de los propios autores, artistas, intérpretes y ejecutantes, y demás titulares de derechos similares.

Que, la ley modificatoria establece que dicha administración colectiva sólo podrá realizarse por las entidades autorizadas de conformidad con las disposiciones de su Título V, sin perjuicio de la facultad de los titulares de derechos de administrar sus obras en forma individual respecto de utilizaciones singulares de ellas. ”

¿Cuándo parte?


“Aprobado mediante D.S. Nº 368 del Ministerio de Justicia, de fecha 7 de abril de 1987, que concede personalidad jurídica a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor, publicado en el D.O. Nº32.761 de 21 de abril de 1987, y por los D.S. Nº539 del Ministerio de Justicia, de fecha 28 de marzo de 1994, publicado en el D.O. Nº34.846 de 22 de abril de 1994; D.S. Nº1.149 del Ministerio de Justicia, de fecha 14 de noviembre de 1995, publicado en el D.O. Nº35.345 de 19 de diciembre de 1995, y D.S. Nº93 del Ministerio de Justicia, de fecha 24 de enero de 2000, publicado en el D.O. Nº36.596 de 23 de febrero de 2000,que aprueban sus reformas.”

¿Quién la Autorizó?


Resuelvo:
Artículo 1º. Otórgase a la Sociedad Chilena del Derecho de Autor (SCD), Corporación de Derecho Privado, cuya personalidad jurídica le fue concedida por decreto supremo Nº368, de 1987, del Ministerio de Justicia, publicado en el Diario Oficial del 21 de abril de 1987, la autorización de funcionamiento a que se refiere el artículo 94 de la Ley 17.336, para realizar la gestión colectiva de los derechos de autor y conexos de los autores, compositores, artistas, intérpretes y ejecutantes y demás titulares de derechos en los siguientes géneros de obras y producciones:

a) La administración del derecho de comunicación pública de obras musicales, con o sin texto, sincronizadas o no en obras audiovisuales, teatrales y coreográficas, a que se refiere el artículo 21 de la Ley Nº17.336.

b) La administración del derecho de ejecución de fonogramas, a que se refiere el artículo 67 de la Ley Nº17.336.

c) La administración del derecho de reproducción fonográfica y audiovisual y la distribución al público, bajo cualquier modalidad, de las obras musicales, con o sin texto, sincronizadas o no, en obras audiovisuales, teatrales y coreográficas.

d) La administración de los derechos de adaptación cinematográfica o audiovisual de las obras musicales, con o sin texto.

¿Quienes son los Socios y Cuántos?


“Actualmente, la SCD reúne a cerca de 4500 socios, entre autores, compositores, artistas y ejecutantes nacionales, además de editores y productores de fonogramas. Esto, sin considerar a los miembros de las sociedades de gestión extranjeras que representa.”

¿Qué hace?


ARTICULO 3º: La Corporación no tendrá fines de lucro y su objeto será:
a) La gestión colectiva, bajo criterios de eficacia y economía, de los derechos de autor y conexos de los autores, compositores, artistas, intérpretes y ejecutantes y demás titulares de derechos, en los siguientes géneros de obras y producciones:

1) La administración del derecho de comunicación pública de obras musicales, con o sin texto, sincronizadas o no en obras audiovisuales, teatrales y coreográficas, a que se refiere el artículo 21 de la Ley N° 17.336.

2) La administración del derecho de ejecución de fonogramas, a que se refiere el artículo 67 de la Ley N° 17.336.

3) La administración del derecho de reproducción fonográfica y audiovisual y la distribución al público, bajo cualquier modalidad, de las obras musicales, con o sin texto, sincronizadas o no en obras audiovisuales, teatrales y coreográficas.

4) La administración de los derechos de adaptación cinematográfica o audiovisual de las obras musicales, con o sin texto.

b) La promoción de actividades o servicios de carácter asistencial en beneficio de sus miembros y representados, y de estímulo a la creación nacional.

c) Y de una manera general, la representación, estímulo y defensa de los intereses morales y patrimoniales de los autores, compositores, y artistas, intérpretes y ejecutantes, y demás titulares originarios de derechos de propiedad intelectual, nacionales o extranjeros, y de los derechohabientes de los mismos.

En resumen

La ley de propiedad intelectual dice que son los propios artistas los responsables de velar por sus derechos y que pueden haber entidades de gestión colectiva para esto, las cuales deben ser autorizadas para esto, por lo que un grupo de artistas se juntó y creo la SCD, entidad sin fines de lucro que se dedica a gestionar los derechos de autor de sus socios, que actualmente son aproximadamente 4.500.

“O sea, la SCD cobra la plata asociada a los derechos de autor para después pagársela a sus respectivos dueños.”

Hasta ahí todo bien!, ahora

¿Cuanto hay que pagar por los derechos de autor?

Si yo compro un CD, en ese momento pago los derechos de autor por escuchar la música de ese CD de manera personal, pero si tengo un negocio donde pongo esa música, la sola compra del CD no cubre los derechos de autor, sino que hay que pagar más.

El precio a pagar depende de la actividad, si tengo un bar es un precio, si pongo música en una sala de espera es otro, ahora no me ha quedado claro quién fija ese precio y bajo que criterio, pero como ejemplo tenemos:



15. DISCOTECAS, SALAS DE BAILE, CABARETS, BOITES Y DEMÁS ESTABLECIMIENTOS SIMILARES EN QUE SE EJECUTA MÚSICA PARA LA CELEBRACIÓN DE BAILABLES O COMO PARTE DE UN ESPECTÁCULO, CUALQUIERA SEA EL MEDIO EMPLEADO Y SU FRECUENCIA DE USO

2% mensual por Derechos de Autor y el 1% mensual por Derechos Conexos, de sus ingresos brutos, con la sola deducción del IVA

O sea si pongo un pub y vendo $10.000.000 al mes, debo pagar un 3% por concepto de derecho de autor, o sea: $300.000.- CUALQUIERA SEA EL MEDIO EMPLEADO Y SU FRECUENCIA DE USO.


Pregunta 1: De esas 300 lucas, ¿como se reparten? ¿Cuánto recibe un músico u otro? ¿se divide en partes iguales o es proporcional a la “importancia del músico”?


Pregunta 2: Si instalo un bar para hacer tocatas, donde el requisito es que la música interpretada sea solamente original o con licencias creative common, o sea, un bar donde JAMAS se tocará música cuyos derechos de autor son Gestionados por la SCD, ¿Igual tengo que pagar?.

22 Comentarios » Publicado el 11.10.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

Licencias de Software: Impuesto a la Innovación.

El modelo de negocios basado en licenciamiento de software ha sido muy exitoso para algunas empresas como Microsoft, que le permitió ser una de las empresas mas grandes del mundo y llevo a Bill Gates a convertirse en multi millonario. Con los recursos generados pudieron destinar gigantescos presupuestos para investigación y desarrollo, por lo que se generó el consenso de que el modelo permitía hacer un circulo virtuoso para innovación y generación de riqueza. Eso es cierto, pero solo para los que generan tecnología, no para los que compran, para ejemplificar esto usaré el ejemplo de ChileCompras.

ChileCompra ha sido catalogado como una gran innovación Chilena, ha ganado premios y todos eso y tiene mucho potencial para seguir siendolo. El estado Chileno ha Invertido mucho dinero, tanto en la creación como en la operación de esta innovación y como muchos ya saben, la tecnología elegida para la implementación de ChileCompras ha sido tecnología Microsoft, lo que le obliga al estado pagar periódicamente la renovación de licencias. Si ChileCompras fuera una empresa privada, nadie criticaría esta decisión, ya que basados en los criterios de TCO, es probable que haya sido la mejor opción, pero ChileCompras no es empresa privada, sino que es una institución pública y eso hace una gran diferencia.

Desconozco la totalidad de los montos involucrados en el desarrollo y operación de ChileCompra, pero lo que si sé es que una parte importante de toda esa inversión se paga en licencias de software, y casi la totalidad de ese dinero se va íntegramente al extranjero, no generando ningún valor dentro de Chile, además, si existe una empresa Chilena que se le ocurre alguna innovación asociada a ChileCompras y tiene la opción de implementarla, no puede desarrollarla usando software libre, sino que solo puede desarrollar upgrades basados en el ecosistema Microsoft, lo que significa pagar de entrada las licencias de software asociadas a sistemas operativos y aplicaciones, para mi, eso es igual que pagar un impuesto por innovación, pero al extranjero.

Muchos de los que postulan que las instituciones publicas se deben administrar como empresa privada podrían justificar la decisión de ChileCompra por irse por las tecnologías propietarias, ya que el modelo de TCO, ampliamente usado en la empresa privada, permite hacer una optimización de recursos y tomar mejores decisiones, pero ese modelo NO se fija en las externalidades positivas o negativas, las externalidades no entran en la ecuación de TCO, lo cuál está bien para la empresa privada, pero no para las instituciones publicas.

Externalidades negativas del modelo de licenciamiento es que existe un flujo de dineros hacia el extranjero, las externalidades positivas de un modelo basado en el software libre son que se activa una industria nacional de software donde el valor agregado se queda en Chile.

9 Comentarios » Publicado el 20.07.2008 por Cristian Sepúlveda en Estrategia Digital, Gobierno, Industria, Licencias.

Lo Bueno de la Estrategia Digital

Un tema que a mi me parece bien que se haya incorporado en la Estrategia Digital son las mesas de trabajo, algunas que ya venían operando, otras nuevas se crearan.

Creo que es una buena oportunidad para todas las organizaciones que quieran tener una participación activa en la ejecución de la estrategia, que se incorporen a estas mesas de trabajo, por ahora estas mesas son:


Mesas de trabajo de la Estrategia Digital

Mesas de Política tecnológica

* Marco jurídico (por constituir )
* Estándares (por constituir)
* Software libre (Floss)
* Red de alerta temprana de seguridad


Mesas de Programas y proyectos

* Educación y desarrollo de competencias
* Gobierno electrónico
* Infraestructura de conectividad y acceso

Mesas de Desarrollo de industria TIC nacional

* Offshoring (por constituir)
* Microemprendimiento TIC

Mesas de Diseño institucional

* Diseño institucional para las TIC (por constituir)

¿que te parecen?, ¿faltará alguna mesa por constituir?

6 Comentarios » Publicado el 7.01.2008 por Cristian Sepúlveda en Estrategia Digital.

Sitio de estrategia digital No funciona!!!

Hoy, domingo 6 de enero de 2008, desde por lo menos las 10 AM que no funciona el sitio que han hecho para la estrategia digital. Y LA ESTRATEGIA FUE LANZADA HACE 3 DIAS!!!.

Esperemos no sea un mal presagio.

Yo esperaba que fuera sólo momentáneo. Pero en el año 2008, que el sitio de LA ESTRATEGIA DIGITAL DE CHILE este caído todo el día, es IMPRESENTABLE!.

http://www.estrategiadigital.gov.cl/

13 Comentarios » Publicado el 6.01.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.

El Sitio del SII: ¿Ejemplo de e-goverment?

Al parecer NO, Jorge Barahona escribio un post donde habla sobre el sitio del SII, lamentablemente el caballito de batalla del gobierno sale mal parado, lo medular dice que:

1. No posee código HTML válido (42 errores)
2. Los usuario Mac tenemos graves problemas de uso del sitio. Ninguno de los navegadores logra ver bien y con todas sus funcionalidades el sitio
3. Si se desactiva la consola JavaScript los links no funcionan
4. No utiliza URL amistosas (https://alerce.sii.cl/dior/dej/html/dj_renta.html)
5. No encontré por ningún lado dónde preguntarle algo a alguien, ni menos un teléfono!
6. Utiliza ventanas emergentes en procesos críticos como cuando se paga online algún impuesto.
7. No cumple con el Decreto 100 (de hecho sus autoridades dicen pública y abiertamente que es sólo para Explorer!).

Pero mejor léanlo desde allá, donde hay comentarios de thriller!.

Para pior, hoy domingo a 3 dias de lanzada la estrategia digital, el sitio es Inacsesible. Impresentable!!!

12 Comentarios » Publicado el 6.01.2008 por Cristian Sepúlveda en Gobierno, Internet, Microsoft, Noticias.

Liberación Digital en el Washington Post!

Hoy Domingo, salio en el Washington Post un post sobre Liberación Digital que dice:

SOFTWARE LIBRE: Local bloggers were scandalized by the partnership established last year between the Chilean government and Microsoft, which lets the computer titan train unemployed youths in the use of its Office products and establish municipal portals throughout the country. The netroots are still fighting what they see as a trend toward a dysfunctional and even Orwellian e-government. Worried that Microsoft products won’t work with commonly used free software, some Chilean netizens banded together to form Digital Liberation, an online movement against the agreement.

One especially controversial feature of the partnership is the “Digital Address,” an account for every Chilean run on the Windows Live platform, which is designed to connect citizens to online government services. As a measure of Digital Liberation members’ distrust of the Chilean and U.S. governments, one blogger sounded the alarm that Chileans’ personal information, stored on Microsoft servers, might now be subject to surveillance under the USA Patriot Act. As another angry blogger, Luis Ram¿rez, wrote in an e-mail about the partnership, “Why don’t we appoint Bill Gates as Chile’s President then!”

Gracias william

6 Comentarios » Publicado el 6.01.2008 por Cristian Sepúlveda en Noticias.