Piratería de Software en Chile

pirateriaSilenciona (pero no por eso poco notoria), han sido las noticias,comentarioscartas al director e inclusoeditoriales de diarios que desde principio de año se han visto, sobre todo en prensa escrita, donde se hace referencia a los “altos índices de piratería” que presumiblemente existe en Chile.

Es una suerte de lobby comunicacional el que realizan orquestadamente diversas instituciones y personas representantes del mundo del software encabezadas por laBusiness Software Alliance (BSA), asociación que agrupa a las principales empresas desoftware en Chile y el mundo.

Para justificar sus ideas, se basan en un estudio solicitado y financiado por la propia BSA en donde se señalaría que específicamente en el caso de Chile, existiría un 67% de piratería (casi duplicando la tasa de países miembros de la OCDE que es de 35% presuntivamente) y esto significa que nuestro país (realmente no entiendo este dato), perdió 202 millones de dólares por piratería del software.

Sin embargo, lo que me pareció que rebalsa el vaso, fue la carta que envió a La TerceraRaúl Sapunar, Presidente de la Asociación de Distribuidores de Software quien fue más allá y señaló que en Chile la Propiedad Intelectual no se encuentra debidamente resguardada, desconociéndose todo los avances realizado en esta materia.

He incluso termina señalando que “…el desafío para Chile es atacar el flagelo de la piratería desde todos los frentes, es decir, gobierno, sistema judicial, sistema educativo y empresas…”

Esto me motivó a contestarle por el mismo medio a Raúl y el día viernes 19 de febrero se publicó en la sección Cartas al Director de La Tercera, mi respuesta y punto de vista al respecto.

Mis palabras fueron:

Señor director:

Bastante desafortunadas fueron las palabras de Raúl Sapunar, presidente de la Asociación de Distribuidores de Software, quien en esta sección y haciendo referencia a un editorial de La Tercera, señaló que la propiedad intelectual no se encuentra debidamente resguardada en nuestro país. Sus conclusiones se basan en un estudio -encargado por las empresas desarrolladoras de software-, que señala una presumible alta tasa de piratería de software en Chile.

Sapunar parece desconocer que, después de más de dos años de tramitación en el Congreso, la nueva reforma a la Ley de Propiedad Intelectual endureció aun más las penas relacionados con la piratería, sancionando incluso a quienes formen parte de una agrupación o reuniónde personas para cometer dichos delitos, sin incurrir en los delitos de asociación ilícita.

Estamos de acuerdo con atacar el flagelo de la piratería, pero para eso existen otras alternativas: mejoramiento en la educación de los consumidores, fortalecimiento y promoción de software con código fuente abierto -más conocido como software libre-, y la aplicación efectiva del principio de neutralidad tecnológica, sobre todo a nivel de administración pública. Esto generaría un adecuado respeto a la propiedad intelectual de los autores, específicamente referido al software.

Pedro Huichalaf Roa

Y no cabe duda que la piratería (concepto acuñado por la industria) es un hecho que debemos tener presente y considerado, pero no me parece ético llamar a la paranoia bajo el pretexto de altos índices de piratería y pérdidas nacionales para recaudar más recursos para privados, sin ver como se soluciona.

Es importante considerar que ya el mencionado estudio genera dudas considerando que es estudio financiado por las mismas empresas (por tanto tiene intereses directos en cuanto a su contenido) y además se refiere a índices del año 2008, sin mencionar que informes de la BSA han sido cuestionadas con anterioridad (incluso criticadas por The Economist su seriedad por faltar a la verdad), sobre todo por la forma de obtener los resultados.

Y en nuestro país también han existido otras respuestas a este “movimiento” pro-legalidad del software (comercial).

Es así como economistas como Francisco Meneses (con quien hemos hablado sobre este tema y se muestra preocupado sobre estas opiniones), comenta desde el punto de vista de costos y valores sus dudas respecto al estudio en una carta enviada a LT.

Fernando J. Fernández-Acevedo también opina al respecto en una interesante columnadel ICDT.

Finalmente tenemos opiniones ciudadanas como las de Patricio BahamondesPatricio Silva, las que demuestran que el tema de software y su licenciamiento va más allá de simples números y porcentajes.

Pero finalizo con la misma observación planteada a Raúl Sapunar… ¿por qué no atacar la piratería fomentando el uso de software libre entre ciudadanos, empresas y administración pública (lo que sería legalmente válido) y aplicamos correctamente el principio de Neutralidad Tecnológica sobre todo en el Estado?

Claramente de esta forma estaremos a la par de los índices de piratería del software de países del OCDE donde el software libre es una realidad presente y difundida.

Foto torchondo
nota original: culturadigital.cl

3 Comentarios » Publicado el 20.02.2010 por Pedro Huichalaf Roa en Industria, Informe, Legal, Licencias, Noticias, Opinión, Prensa Tradicional, Software Libre.

Sobre Neutralidad Tecnológica en el Estado

carta acti

En primer lugar debemos aclarar que no debemos confundir “Neutralidad de la Red” con “Neutralidad Tecnológica”.

La primera se relaciona a temas de conectividad y calidad de servicios prestados por proveedoras de acceso a Internet. La segunda (y es la que hablaremos), se refiere a la posición que adopta el Estado al momento de adquirir insumos y servicios tecnológicos y si debe existir o no preferencia (o mantener el status quo) hacia una u otra tecnología.

Y esta discusión ya comienza a ser iniciada por la ACTI (Asociación Chilena de Empresas de Tecnologías de la Información), que, al igual que en la discusión del presupuesto nacional del año pasado, pero con bastante anticipación, está mandando cartas a los parlamentarios “informándoles” del porqué una glosa que se pudiera incluir relativo a la adquisición, especialmente de software para las diversas entidades de la administración pública, estableciendo necesidad de contar con una alternativa de software libre para que ellas finalmente opten, es perjudicial y discriminatorio (según ellos).

Así, tal como se observa en la carta que pueden descargar desde acá, enviada a un senador X hace muy poco, señalan que el Estado debe velar y operar bajo el principio de la Imparcialidad Tecnológica Informada en materia de adquisición de tecnología en el Sector Público.

De hecho hacen alusión a un informe realizado por la Pontificia Universidad Católica de Chile, señalando finalmente que cualquier alusión al software libre como que en las contrataciones públicas se deba exigir un presupuesto que cuente con alternativa de software libre, sería perjudicial porque el Estado se alejaría de esta “Neutralidad Tecnológica”.

Mi opinión es que es IMPOSIBLE que exista neutralidad tecnológica porque siempre habrá preferencias por uno u otro software ya sea con licencia libre o cerrado. Así, estoy de acuerdo que frente a algunas soluciones es recomendable operar con software propietario porque no existe alternativa libre que sea similar o mejor (por ejemplo casos de AUTOCAD y similares).

Sin embargo, establecer necesidad de que exista en adjudicaciones públicas presupuestos que cuenten con alternativas de software libre OBVIAMENTE refuerza el principio de la Imparcialidad Tecnológica Informada, porque así las entidades de la administración, INFORMADAS tomarían la mejor decisión.

Sin embargo para la ACTI esto sería perjudicial porque “restaría agilidad a la contratación pública de software”. Creo sinceramente que con estos argumentos se pisan la cola, y en vez de llamar a una mayor transparencia en las adquisiciones públicas de software, en vez de informar y que se cumplan a cabalidad el principio de Imparcialidad Tecnológica Informada, buscan mantener un modelo de negocios exclusivo y excluyente.

Si tienen confianza en que sus aplicaciones son mejores a las alternativas del software libre, ¿Cuál es el miedo?

Veremos que dicen este año los parlamentarios y especialmente el gobierno.

De todas formas ya se están proponiendo algunas acciones en la lista de correos de Liberación Digitial
http://groups.google.com/group/liberaciondigital/browse_thread/thread/11d716ea72d5a40f

Así es que si quieres colaborar, puedes hacerlo en ese hilo, puedes republicar esta noticia, mandar email a tu parlamentario preferido y discutir sobre este lobby empresarial.

fuente: Culturadigital.cl

2 Comentarios » Publicado el 31.10.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Gobierno, Industria, Interoperatividad, Licencias, Microsoft, Neutralidad, Noticias.

Director General de la SCD renuncia a su cargo

Ex-Director

No estamos repitiendo la noticia ni nos estamos confundiendo. Una cosa es el cargo de Presidente de la SCD que tenía el renunciado cantautor Fernando Ubiergo (y de cuya renuncia se había hablado en Liberación Digital) y otro es el cargo de Director General de la SCD que se encontraba en manos del abogado Santiago Schuster.

Y fue justamente este último quien, en una declaración disponible en la misma página web de la SCD, renunció definitivamente a su cargo directivo.

Esta decisión la adoptó justamente para respaldar una premisa que la SCD había anunciado con antelación y que recalca que “no cabe responsabilidad alguna a Fernando Ubiergo en esta materia”.

Sin embargo, tal como lo habíamos analizado anteriormente, tras el “bochornoso” episodio ocurrido en una exposición, justamente sobre Propiedad Intelectual por parte de Ubiergo, en cuyo equipo se utilizó office no licenciado, éste solicitó una reunión en la SCD, donde dejó su cargo justamente por la falta de coherencia que existe entre una entidad gestora (y protectora) de derechos de autor y la violación de derechos de autor por uso de software pirata. Paralelamente, la directiva le solicitó al cantautor que no hiciera efectiva su salida de la SCD hasta que no se realizara una auditoría externa para determinar si esta situación era efectiva y si habían más computadores con software no licenciado.

Mientras esto ocurre, pues la auditoría aún no se ha hecho pública a pesar de que tendrá este carácter según la misma disposición de la SCD, Fernando Ubiergo ha comentado en diversos medios su visión de los hechos ocurridos en Antofagasta.

Una de estas declaraciones la pudimos escuchar en Radio Cooperativa, en donde dijo varias cosas que son bastante alarmantes. Según Ubiergo:

“Tengo una sensación ingrata y de dolor, porque más que personal porque esto de alguna u otra forma afecta o puede haber afectado en algún momento, también hay que decirlo, esto no se puede esconder, ha habido gente malintencionada que va en contra no solamente del tema de los músicos sino que está defendiendo otros intereses”

Al mismo tiempo según Cooperativa, “el músico acusó interés de “manos negras” en atacar su labor al frente de la SCD y reiteró que proveedores de internet deben compartir sus millonarias ganancias con los artistas”.

Sin embargo lo que me llamó la atención fue que dijera que le habían comentado que el office utilizado, solo le faltaba una actualización y ese había sido el problema.

Para escuchar el audio:

Frente a esto, solo puedo comentar a Fernando Ubiergo que está muy mal informado, toda vez que la causa del mensaje de software no licenciado NO ES POR FALTA DE ACTUALIZACION, sino porque no está válidamente licenciado. Por tanto no acepte razones que no son.

Por otro lado, movimientos ciudadanos como Liberación Digital NO TENEMOS interés en destruir a la SCD ni perjudicar a los artistas, como desde un principio lo hemos dicho. Sí nos importa la protección de los derechos ciudadanos, de los “consumidores culturales” (aunque no todos concuerdan en este concepto), del público que son base y objetivo de la cultura. Por esta razón nos interesamos en participar activamente en la discusión de la Reforma a la Ley de Propiedad Intelectual.

No nos confunda ni crea que protegemos “intereses corporativos” de las empresas ISPs. El problema que tenemos con la SCD se dio justamente porque personas como el renunciado Santiago Schuster lograron acordar con el gobierno una cuasi garantía de sus intereses válidos, pero a espaldas de la ciudadanía organizada, excluyendo a todos los sectores que también tienen intereses válidos.

Creemos que con acciones de renuncia como la presentada por el ex-Director General, más un necesario acercamiento que debe tener una entidad privada como la SCD con movimientos como en los que participamos, podrá ser un paso para lograr finalmente una protección de los derechos de autor en forma equilibrada, es decir, lograr una ley justa para todos. Sino, la imagen de una sociedad gestora de derechos que sólo tienen en mente el lucro por sobre la cultura se mantendrá y cometerá los mismos errores, tal como ocurre con la homóloga SGAE española.

Fuente foto: SCD

5 Comentarios » Publicado el 13.01.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Industria, Internet, LD, Legal, Licencias, Noticias, Opinión, Prensa Tradicional.

Licencias de Software: Impuesto a la Innovación.

El modelo de negocios basado en licenciamiento de software ha sido muy exitoso para algunas empresas como Microsoft, que le permitió ser una de las empresas mas grandes del mundo y llevo a Bill Gates a convertirse en multi millonario. Con los recursos generados pudieron destinar gigantescos presupuestos para investigación y desarrollo, por lo que se generó el consenso de que el modelo permitía hacer un circulo virtuoso para innovación y generación de riqueza. Eso es cierto, pero solo para los que generan tecnología, no para los que compran, para ejemplificar esto usaré el ejemplo de ChileCompras.

ChileCompra ha sido catalogado como una gran innovación Chilena, ha ganado premios y todos eso y tiene mucho potencial para seguir siendolo. El estado Chileno ha Invertido mucho dinero, tanto en la creación como en la operación de esta innovación y como muchos ya saben, la tecnología elegida para la implementación de ChileCompras ha sido tecnología Microsoft, lo que le obliga al estado pagar periódicamente la renovación de licencias. Si ChileCompras fuera una empresa privada, nadie criticaría esta decisión, ya que basados en los criterios de TCO, es probable que haya sido la mejor opción, pero ChileCompras no es empresa privada, sino que es una institución pública y eso hace una gran diferencia.

Desconozco la totalidad de los montos involucrados en el desarrollo y operación de ChileCompra, pero lo que si sé es que una parte importante de toda esa inversión se paga en licencias de software, y casi la totalidad de ese dinero se va íntegramente al extranjero, no generando ningún valor dentro de Chile, además, si existe una empresa Chilena que se le ocurre alguna innovación asociada a ChileCompras y tiene la opción de implementarla, no puede desarrollarla usando software libre, sino que solo puede desarrollar upgrades basados en el ecosistema Microsoft, lo que significa pagar de entrada las licencias de software asociadas a sistemas operativos y aplicaciones, para mi, eso es igual que pagar un impuesto por innovación, pero al extranjero.

Muchos de los que postulan que las instituciones publicas se deben administrar como empresa privada podrían justificar la decisión de ChileCompra por irse por las tecnologías propietarias, ya que el modelo de TCO, ampliamente usado en la empresa privada, permite hacer una optimización de recursos y tomar mejores decisiones, pero ese modelo NO se fija en las externalidades positivas o negativas, las externalidades no entran en la ecuación de TCO, lo cuál está bien para la empresa privada, pero no para las instituciones publicas.

Externalidades negativas del modelo de licenciamiento es que existe un flujo de dineros hacia el extranjero, las externalidades positivas de un modelo basado en el software libre son que se activa una industria nacional de software donde el valor agregado se queda en Chile.

9 Comentarios » Publicado el 20.07.2008 por Cristian Sepúlveda en Estrategia Digital, Gobierno, Industria, Licencias.

FLISOL 2008 – Miles de Chilenos se Cambiaron de Windows a Linux

Usuarios comunes y corrientes emprendieron camino a la FLISOL mas cercana y en sus propias palabras “chatos de Windows Vista” y otras versiones del sistema de la ventana, llegaron para ser “liberados” por gente con mas experiencia en sistemas operativos libres.

Intersante también fue el impacto mediatico que esto desató:

Nosotros sabemos que es importante informar para que esto llege a todos lados, desde acá saludamos a todos los nuevos usuarios que se atrevieron a mirar fuera de la ventana.

Imágen: cereal_bars (CC)

6 Comentarios » Publicado el 28.04.2008 por JanOS en Evento, Licencias, Software Libre.

¿Chilecompra enmienda el rumbo?

Hay veces en que uno sueña despierto, mientras que otras no sabe si está soñando.

Ayer me enteré, por esas casualidades de la vida, de que Chilecompra estaría muy próximo a publicitar una nueva directiva, algo así como una guía, denominada “INSTRUCCIONES PARA LA CONTRATACIÓN DE BIENES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES”.

Dado el prontuario historial de esta repartición (me refiero al esperpento aquél de contrato que permite a las reparticiones públicas del Estado regularizar y adquirir software de la empresa más grande de todas a precio minorista, incluidas cláusulas que hacen secretas las compras en cuestión, pinche acá y vea post relacionados -los infiltrados-) me preparé para lo peor… pero luego de leer un rato, creí que estaba soñando.

El objetivo de esta directiva es entregar pautas y lineamientos a los organismos públicos regidos por la Ley N°19.886 para la contratación de bienes y servicios relacionados con tecnologías de la información y comunicaciones, tales como: servicios de desarrollo de software, de operación de sistemas, de adquisición de hardware o software, de análisis de datos, plataforma de datos, de hosting o housing, de externalización, o de optimización y automatización de procesos de gestión, entre otros.

OK, me dirán por ahí ¿y?. Esto significa que hay un documento oficial que indica cómo se deben hacer las bases de licitación, es decir, se acaban las redacciones de bases de licitación redactadas de modo arbitrario que, por negligencia o deliberadamente, signifique competir de modo desigual.

¿Y cuáles son las buenas noticias?

En resumen es lo siguiente:

1. Análisis de elementos conceptuales básicos, por ejemplo, análisis de modelos operacionales alternativos, definir cuánta externalización se requiere (considerar que la externalización ordena la operación y permite al organismo contratante concentrase en su negocio principal, pero internaliza parte de los riesgos del operador externo), acotar quienes serán los principales usuarios, definir a qué plazo se espera tener el problema resuelto, etc.

2. Análisis de restricciones respecto de alternativas tecnológicas, se deberá considerar si existen sistemas anteriores y qué restricciones imponen éstos a los servicios que se contratarán, entre otros puntos.

3. Análisis y definición de alcance, esto implica definir bien qué se está contratando y qué no. Por ejemplo, si se está contratando el desarrollo de un sitio web que tendrá una sección en inglés, deberá quedar definido si está dentro o fuera del alcance del proyecto la traducción de documentos. O si se está contratando la operación de un sistema, deberá definirse si las licencias para que opere el sistema serán provistas por el contratante o por el operador. Esta definición es particularmente importante, puesto que los proyectos con alcance difuso pueden tener problemas serios durante la implementación.

4. Se recomienda a las entidades realizar una consulta amplia, estructurada y formal a los potenciales proveedores. Este proceso también se conoce como Request For Information (“RFI”).

5. Preparación de bases técnicas:

  1. Principio de neutralidad tecnológica: El Gobierno de Chile adhiere al principio de neutralidad tecnológica, lo que implica que no se debe dar preferencia a tecnología alguna, sino que se debe buscar en cada caso la mejor alternativa disponible en el mercado. Sin embargo, puede que en algunas circunstancias, existan razones fundadas para restringir las opciones a un cierto tipo de tecnologías, en este caso, los fundamentos deben quedar claramente establecidos en las bases.

  2. Principio de no discriminación por utilización de formatos propietarios: De manera de permitir la participación del mayor número de proveedores en el proceso, se deberá evitar exigir formatos propietarios para la presentación de las ofertas de los proveedores. Por lo tanto, las bases de licitación deberán privilegiar la utilización de formatos interoperables como xml, txt o csv. Este principio es especialmente relevante para los archivos producto de aplicaciones de productividad personal como procesadores de texto u hojas de cálculo.

  3. Estándares de seguridad: Los desarrollos deberán dar cumplimiento a las normativas existentes en materia de seguridad, en particular aquellas que tienen relación con el Decreto 83/2005 que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

  4. Estándares de interoperabilidad y portabilidad: Deben especificarse estándares que aseguren interoperabilidad de los sistemas y portabilidad de las soluciones, de manera de asegurar el intercambio de información a través de estándares abiertos y de general aceptación por la industria. Como mínimo, se debe exigir el ajuste a las normas técnicas sobre interoperabilidad del documento electrónico contenidas en el Decreto Supremo N° 81 del 3 de Junio de 2004, que aprueba la norma técnica para los órganos de la administración del Estado sobre interoperabilidad de documentos electrónicos.

6. No se exige a las empresas registradas en Chilecompra presentar físicamente sus antecedentes en cada licitación que postulen.

7. Inclusión en las bases de licitación de un presupuesto de referencia, así todos saben cuánto está dispuesto a pagar el fisco y evitamos situaciones polémicas en que la licitación se gana por $1.

8. Evaluación comprendida por calidad de la propuesta, calidad de la solución, experiencia del equipo de trabajo, experiencia de la empresa, certificaciones, satisfacción de clientes en proyectos similares y precio.

9. Definición clara de propiedad intelectual en tres escenarios. La última podría ser muy polémica porque según la interpretación, una empresa de software podría quedar obligada a entregar su código fuente, aunque funcione con el esquema de licencias. (Me permito un sarcasmo…WOW!)

10. Boletas de garantía acordes al proyecto y no sobrevaloradas.

BONUS TRACK: “Es conveniente considerar una instancia para que el servicio comunique y explique a las empresas participantes las razones fundamentales por las que no se adjudicaron el proceso. Esta etapa debe estar circunscrita a los elementos de evaluación señalados en las bases y se debe evitar entrar en discusiones. Aquí lo importante es producir aprendizaje en las empresas”.

Documento en .odt, .doc y .pdf AQUI

Ojalá dure esto y que se replique en otros lugares.

Saludos a todos,

Pelagato Hollmann

6 Comentarios » Publicado el 14.02.2008 por Rodrigo Hollmann en Gobierno, Industria, Legal, Licencias, Microsoft, Neutralidad, Software Libre.

Aplica Libre: Ayudando al desarrollo PyME desde el Software Libre.

floss01.jpgHace un par de dias llegó una muy buena noticia al Salón de la Justicia (nuestro centro de operaciones). Se ha concretado una soberbia iniciativa para nuestras PyME: Aplica Libre.

Este esfuerzo conjunto entre las Naciones Unidas (mediante el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, PNUD); la SOFOFA y el Gobierno de Japón, viene a colaborar para que nuestras empresas nacionales puedan abaratar costos en licencias, obtener más y mejores productos. Sobre todo, a tener productos que realmente cubran sus necesidades.

Se trata de un portal dirigido a empresas  pequeñas y medianas, donde puedan obtener programas de Software Libre o soluciones particulares desde el FLOSS. Además, mediante dicha web hay una vía para establecer contactos entre desarrolladores FLOSS y las empresas que tengan alguna necesidad informática.

Desde ofimática y sistemas operativos, hasta aplicaciones de negocios, servidores o telefonía IP. Es una buena central de soluciones de bajo costo y buena rentabilidad para empresas. Aunque, claro, aún queda mucho por mejorar.

En LD sabemos que el software propietario presenta grandes restricciones -la mayoría de las veces, prohibiciones- para desarrollar soluciones concretas ante los requerimientos que nuestras PyME tienen para producir y competir.

Ahora es nuestro turno para colaborar con las PyME y con el desarrollo de nuestra economía… que a este ritmo de crecimiento, sufrirá de enanismo muy pronto.

OJO: Tiene varios testimonios exitosos de soluciones FLOSS. Felicidades, Aplica Libre!!!

13 Comentarios » Publicado el 19.12.2007 por Tatán W. en Educación, Industria, Licencias, Noticias, Software Libre.

Ejemplo a copiar por el Gobierno de Chile

Hola, que tal compañeros de acción:

Tal como lo saben, uno de los efectos colaterales no deseados del famoso contrato acuerdo marco de cooperación firmado entre Microsoft y el Ministerio de Economía ha sido el surgimiento del movimiento de Liberación Digital.

Como recomendación al momento de hablar de la campaña y para solicitar apoyo para rechazar el acuerdo entre Microsoft y Gobierno de Chile, siempre es necesario dar argumentos bien fundamentados. Y si a eso le agregamos ejemplos internacionales de actualidad, nuestro discurso será coherente y firme.

Es así como siempre me trato de informar del acontencer internacional para efectos de demostrar cómo en otros países la política gubernamental en relación a la tecnología no se deja en manos o en caprichos de un grupo de autoridades sin asesoría.

Acá les dejo la última noticia que acabo de leer. Copio y pego para que se informen.

Siempre es bueno tener de referencia a países que tienen casi las mismas características de Chile, pero que son desarrollados justamente por decisiones como las que se leen en el articulo. Lean y comenten:

Holanda adopta el Software Open-Source

El gobierno de los Países Bajos ha establecido como fecha límite abril de 2008 para que las agencias gubernamentales comiencen a usar software open-source, según anunció el ministro de economía holandés.

Organizaciones gubernamentales podrán seguir utilizando software y formatos propietarios pero deberán justificarlo bajo la nueva política, indicó Edwin Scherrenburg.

Scherrenburg explicó que este plan se aprobó por unanimidad en una reunión de dos comisiones parlamentarias.

Muchos gobiernos de todo el mundo han comenzado pruebas con software de código abierto para reducir costes y dependencia de compañías individuales como Microsoft Corp.

El responsable de Microsoft Holanda Hans BOS, admitió estar preocupado por la nueva directiva -con la que no estaban de acuerdo- y sobre la guerra de formatos esperaba la aprobación de OOXML como Open Source.

La nueva directiva holandesa fija el mes de abril de 2008 para organizaciones nacionales y 2009 para las locales como las fechas en que las administraciones deben estar preparadas para utilizar el formato de fichero estándar ODF, para el almacenamiento de documentos ofimáticos de textos, hojas de cálculo, memorandos, gráficas o presentaciones.

Fuente: Theinquirer.es

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Como participante activo de Liberación Digital y especialista en derecho informático, siempre he pensado que es un DEBER del Estado y del Gobierno -específicamente- tener claros sus lineamientos en política tecnológica.

Lo anterior, ajustándose a los cánones internacionales y viendo a los demás países -sobre todo desarrollados- como ejemplos a seguir. No al pie de la letra, sino como modelos perfeccionables y ajustarlos a la realidad chilena. Ese es un efecto de la globalización tecnológica.

El famoso acuerdo entre Microsoft y Chile es una clara señal que demuestra como NO SE DEBEN HACER LAS COSAS: a puertas cerradas, vendiendo exponiendo al país (sus datos, capacitaciones, material humano) a una empresa transnacional que ya es cuestionada y ha sido sancionada en todo el mundo por prácticas monopólicas.

Ser firmes para reaccionar no significa una desautorización para el Gobierno. Es un llamado de atención para que ellos, quienes están al servicio del país, ejecuten todas las acciones que sean más eficaces para el desarrollo de Chile.

Léalo también en nuestro blog amigo, FayerWayer.

Sigue leyendo “Ejemplo a copiar por el Gobierno de Chile” »

10 Comentarios » Publicado el 18.12.2007 por Pedro Huichalaf Roa en Gobierno, Legal, Licencias, Microsoft, Software Libre.

¿Propiedad Intelectual?

Leyendo el borrador, que ha publicado Alejandro Barros, observo que juntar el tema de Propiedad Intelectual con Delito Informático no es un abordaje apropiado para un conjunto bastante amplio de problemas que deben ser resueltos en nuestro país.

Primero que nada, son cosas distintas lo suficientemente amplias para ser abordadas por separado. En segundo lugar, Propiedad Intelectual es una denominación confusa y por tanto no es un buen acercamiento al tema, que debiera ser a mi juicio profundizado. Para ello les dejo a continuación el punto de vista de Richard Stallman traducido al castellano. Ojalá pueda aportar al II Encuentro de Derecho y Tecnologías.

En tercer lugar, la definición de Delito Informático intersecta otro gran tema que no se aborda mucho en el borrador con la relevancia que debiera: la Seguridad Informática. Se han dado argumentos suficientes (por ejemplo aquí o aquí), pidiendo que se empiecen a tomar medidas serias para el resguardo de la información que manipula el aparato público. El tema es esencialmente un problema de capacitación del personal, no hay sistema que resista actitudes irresponsables de parte del usuario, y al parecer no hay intenciones de ponerle el cascabel al gato como política interna del aparato estatal.

Volviendo al tema que me aboca, invito a los artistas chilenos que puedan estar interesados, a que desde el punto de vista siguiente analicen lo que pretende la SCD con la implementación del canon en nuestro país.

Y a ver si a través de artistas como Radiohead se inspiran más creativamente.

Saludos a todos.


¿Ha dicho «propiedad intelectual»? Eso sólo es un espejismo seductor

Por Richard M. Stallman

Se ha puesto de moda meter en el mismo saco a los derechos de autor, las patentes y las marcas (entidades separadas y distintas reguladas por conjuntos de leyes separados y distintos) y llamarlas «propiedad intelectual». Esta expresión confusa y engañosa no ha surgido por casualidad. La han promovido empresas que se benefician de la confusión. La mejor manera de aclarar esta confusión es rechazar la expresión completamente.

Según el profesor Mark Lemley, ahora de la Stanford Law School, el uso generalizado del término «propiedad intelectual» fue una moda pasajera que siguió a la fundación de la Organización Mundial de la «Propiedad Intelectual» en 1967, y sólo se ha vuelto verdaderamente común en los últimos años. (La OMPI es formalmente una organización de la ONU, pero de hecho representa los intereses de los titulares de derechos de autor, patentes y marcas.)

La expresión tiene un sesgo, que no es difícil de ver: sugiere que pensemos en los derechos de autor, las patentes y las marcas por analogía con los derechos de propiedad sobre los objetos físicos (Esta analogía está reñida con la filosofía de la legislación de los derechos de autor, la de las patentes y la de las marcas, pero sólo los especialistas lo saben.). De hecho, estas legislaciones no se parecen mucho a la legislación de la propiedad de los objetos físicos, pero el uso de esta expresión induce a los legisladores a cambiarlas para que sean más parecidas a esta última. Como este es el cambio que quieren las compañías que controlan los derechos de autor, las patentes y las marcas, la expresión les viene muy bien.

Este sesgo es un motivo suficiente para rechazar la expresión, y muchos me han pedido que proponga algún otro nombre para esta categoría, o han propuesto sus propias alternativas (algunas humorísticas). Tales sugerencias incluyen IMP (Imposed Monopoly Privileges, Privilegios de Monopolio Impuestos) y GOLEM (Government-Originated Legally Enforced Monopolies, Monopolios de Origen Gubernamental Garantizados Legalmente) [1]. Algunos hablan de «regímenes de derechos exclusivos», pero esto refiriéndose a las restricciones como «derechos», con un doble sentido.

Algunos de estos nombres alternativos serían una mejora, pero es un error sustituir «propiedad intelectual» por cualquier otra expresión. Un nombre diferente no se ocuparía del problema principal de la expresión: la generalización excesiva. No existe esa cosa unificada que se llama «propiedad intelectual», es un espejismo. El único motivo por el que la gente cree que tiene sentido como una categoría coherente es porque así lo da a entender su generalizado uso.

La expresión «propiedad intelectual» es como mucho un cajón de sastre donde meter leyes dispares. Los profanos que oyen cómo se aplica una sola expresión a estas legislaciones diferentes tienden a asumir que están basadas en un principio común, y funcionan de forma parecida.

Nada más lejos de la realidad. Estas leyes se originaron de forma separada, se desarrollaron de forma diferente, regulan actividades diferentes, tienen normas diferentes y suscitan cuestiones políticas diferentes.

La legislación sobre los derechos de autor fue diseñada para promover a autoría y el arte, y se aplica a los detalles de la expresión de una obra. La legislación sobre las patentes iba dirigida a animar a la publicación de ideas útiles, al precio de dar un monopolio temporal sobre ella, un precio que puede merecer la pena pagar en unos campos y no en otros.

La legislación sobre marcas, en cambio, no estaba destinada a promover ninguna actividad en particular, solo a permitir a los compradores saber qué están comprando. Sin embargo, los legisladores bajo la influencia de la «propiedad intelectual» la han convertido en un esquema que proporciona incentivos a la propaganda.

Dado que estas leyes se desarrollaron de manera independiente, son tan diferentes tanto en todos sus detalles como en sus métodos y sus objetivos básicos. Así pues, si aprende algo sobre la legislación de los derecho de autor, lo mejor será que asuma que es diferente de la ley de patentes. Seguramente no se equivocará.

La gente suele decir «propiedad intelectual» cuando en realidad se refieren a otra categoría, más grande o más pequeña. Por ejemplo, a menudo los países ricos imponen leyes injustas a los países pobres para sacarles el dinero. Algunas son leyes de «propiedad intelectual» y otras no; sin embargo, los críticos de esta práctica a menudo se agarran a esta etiqueta porque les resulta familiar. Usándola tergiversan la naturaleza de la cuestión. Sería mejor usar una expresión más precisa, como «colonización legislativa», que va al meollo del asunto.

Los profanos no son los únicos confundidos por esta expresión. Incluso profesores de derecho que enseñan estas leyes son seducidos y distraídos por el atractivo de la expresión «propiedad intelectual» y hacen afirmaciones generales que contradicen hechos que conocen. Por ejemplo, un profesor escribió en el 2006:

«Al contrario que sus descendientes que ahora hacen contactos en la OMPI, los padres de la Constitución de EE.UU. tenían una actitud basada en principios y procompetitiva hacia la propiedad intelectual. Sabían que los derechos podían ser necesarios, pero… le ataron las manos al congreso, restringiendo su poder de muchas formas.»

Esta cita se refiere al artículo 1, sección 8, cláusula 8 de la Constitución de EE.UU., que autoriza las leyes de derechos de autor y las de patentes. Esta cláusula, sin embargo, no tiene nada que ver con las leyes de marcas. La expresión «propiedad intelectual» llevó a este profesor a una generalización falsa.

La expresión «propiedad intelectual» también conduce a un pensamiento simplista. Lleva a la gente a centrarse en la exigua parte común en la forma de estas leyes dispares (que crean privilegios especiales para ciertas partes) y a ignorar su esencia: las restricciones específicas que cada impone al público y las consecuencias que resultan. Centrarse de manera tan simplista en la forma favorece un enfoque «económico» de todas estas cuestiones.

La economía funciona aquí, como otras muchas veces, de vehículo para suposiciones no comprobadas. Estas incluyen suposiciones sobre valores, como que la cantidad de producción es importante pero la libertad y el modo de vida no, y dar por sentado hechos que son falsos la mayoría de las veces, como que los derechos de autor de la música ayudan a los músicos o que las patentes farmacéuticas ayudan a la investigación para salvar vidas.

Otro problema es que, a la escala tan amplia de la «propiedad intelectual», las cuestiones concretas planteadas por estas legislaciones variadas se vuelven casi invisibles. Estas cuestiones surgen de las particularidades de cada legislación, precisamente lo que la expresión «propiedad intelectual» induce a la gente a ignorar. Por ejemplo, una cuestión relacionada con la legislación de los derechos de autor es si debería permitirse el compartir música. La legislación de patentes no tiene nada que ver con esto. La ley de patentes suscita cuestiones como la de si se debería permitir a los países pobres producir medicinas para enfermedades mortales y venderlas a bajo precio para salvar vidas. La legislación de los derechos de autor no tiene nada que ver con esto.

Ninguna de estas cuestiones es solo de naturaleza económica pero no son similares, y cualquiera que las vea desde las perspectivas económicas superficiales de la generalización excesiva no podrá captar las diferencias. Si usted mete ambas legislaciones en el saco de la «propiedad intelectual» verá que eso obstruye su capacidad para pensar claramente sobre cada una.

Así pues, cualquier opinión sobre «la cuestión de la propiedad intelectual» y cualquier generalización sobre esta supuesta categoría son estúpidas con toda seguridad. Si usted cree que todas estas legislaciones se refieren a la misma cuestión, tenderá a elegir sus opiniones entre una selección de sobregeneralicaciones acaparadoras, ninguna de las cuales es buena.

Si quiere pensar con claridad sobre las cuestiones suscitadas por las patentes, los derechos de autor o las marcas comerciales, el primer paso es olvidar la idea de agruparlas todas juntas y tratarlas como asuntos separados. El segundo paso es rechazar el punto de vista estrecho y el panorama simplista que sugiere la expresión «propiedad intelectual». Considere estas cuestiones separadamente, en su totalidad, y tendrá la oportunidad de considerarlas correctamente.

Y en lo que se refiere a la reforma de la OMPI, entre otras cosas, hagamos un llamamiento para cambiar su nombre.

[1] N. del T.: «imp» significa en inglés «diablillo» y un «golem» un ser mitológico hebreo.

Copyright © 2004, 2006, 2007 Richard M. Stallman
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8 Comentarios » Publicado el 4.10.2007 por fsologur en Borrador Estrategia Digital, Gobierno, Industria, Internet, Legal, Licencias, Medios, Politica, Software Libre.

Software de ofimática GRATIS, GRATIS, GRATIS!!!!

Para que andar pagando licencias de Office a los señores de Microsoft si existen por lo menos dos sustitutos muy buenos, el conocido OpenOffice y el no tan conocido StarOffice, este ultimo distribuido gratuitamente por GOOGLE en su Google Pack.

Eso si no todo es perfecto, la pagina de Google Pack dice: Google Pack requiere Windows XP o Vista. Pero es un gran avance.

El acuerdo entre Microsoft y el gobierno dice:

g.2.- Para estos efectos, Microsoft se compromete a poner a disposición una oferta que incluirá el sistema operativo Windows Vista Home o Business Edition. Así como las siguientes herramientas de Productividad MS Works 8.5: abre y edita .doc y .xls; Viewer de .ppt; Incluye SW de proyectos, manejode contactos, agenda, correo, Tareas; Synch c/ Windows Mobile & Palm OS; Software de Memory Magus y software financiero contable para el manejo de facturación, stock, contabilidad y manejo de clientes.

eso para mi es una burla, siendo que MS Works está basado en codigo viejo de Office (Si dije VIEJO!!!)

8 Comentarios » Publicado el 17.08.2007 por Cristian Sepúlveda en Industria, Internet, Licencias, Microsoft, Noticias, Propuestas, Software Libre.