Cámara de Diputados rechaza indicaciones que otorgaba facultades a ISP para bloquear contenido


Finalmente, y tal como se había comentado, el día de hoy 21 de diciembre, la Cámara de Diputados votó las observaciones presentadas vía veto presidencial por parte del ejecutivo, que buscaba incorporar mejoras al proyecto de Ley de Propiedad Intelectual para adecuarla al Tratado de Libre Comercio con EEUU y en donde se incluyeron 2 indicaciones, correspondientes a la nº 10 y 12, que afectaban gravemente los derechos ciudadanos de los internautas, al entregar facultades de POLICIA a las ISP (empresas proveedoras de Internet), quienes, para  eximirse de responsabilidad por la conducta de los usuarios, ante la leve sospecha de que existían violaciones a los derechos de autor, simplemente podían bloquear contenido, mandando previamente una carta y esperando 10 días.

Ante este inédito hecho es que logramos reunirnos con varias comunidades y movimientos ciudadanos y lanzamos una campaña por Internet para el envío de emails a los diputados solicitando formalmente que rechazaran estas indicaciones.

Es así como en la discusión en pleno, comenzó hablando la Ministra de Cultura, Paulina Urrutia, (la misma que firmó el acuerdo secreto con la SCD) quien mencionó que a través de estas indicaciones el gobierno buscó conseguir una ley justa y equilibrada de derechos de autor.

Acto seguido el diputado Darío Palma hace uso de la palabra llamándole la atención a la Ministra Urrutia por su declaración, porque justamente con estas indicaciones 10 y 12 se conseguía una ley desequilibrada y que solo 10/12 de las indicaciones eran justas y 2/12 no. Dijo votar en contra.

El ministro Viera Gallo (el mismo que ejerció intervencionismo en el senado y puso fin a los reales “usos justos”) pidió la palabra y con el fin de revertir el rechazo de las indicaciones, mencionó y exigió que se vote a favor las indicaciones justamente para no afectar imagen de Chile por no respetar TLC con EEUU. Al mismo tiempo señaló que no existía SIQUIERA la SOMBRA de CENSURA en estas indicaciones y finalmente amenazó que si se rechazaban estas indicaciones, de igual forma el TLC se cumplía integramente por tener carácter de autoejecutables.

Acto seguido habla el Diputado Ramón Farías (quien en votación en comisión también rechazó estas indicaciones) felicita la insistencia y la discusión respecto a este tema, pero dice que está en contra de indicaciones 10 y 12 y exije que sean los tribunales de justicia y no las ISP las que constaten infracciones a la ley. Dice que votará en contra.

El turno es de el DIputado Arenas quien dice que el Ministro Viera Gallo está equivocado en su argumento, toda vez que no es necesario ni requisito previo aprobar indicaciones 10 y 12 para que se cumpla el TLC con EEUU. Menos ha sido el espíritu del proyecto estas 2 de 12 indicaciones y que la discusión sobre el caracter autoejecutable de un tratado internacional es discutible, pero no es el lugar para exponer posiciones que existen en uno u otro caso. Aleja así el fantasma dejado por el ministro. Señala que en la eventualidad de que el tratado sea así, no sería necesario que el gobierno EN TRES OPORTUNIDADES insista con querer que el parlamento apruebe estas indicaciones ( saca mis aplausos en forma espontánea). Finalmente dice que el gobierno de forma obstinada busca atentar contra libertad de navegación por Internet y menciona y felicita la campaña de iniciada por los usuarios que buscan resguardar sus derechos.

Habla el Diputado Felipe Harboe y dice que no es posible dotar a ISP con facultades de fiscalización. En EEUU, donde sí se establece esta norma, existen 1200 ISP. En Chile , donde existen 4 grandes y que monopolizan el 90% de los usuarios conectados, sería un gran error. Menciona que es necesario avanzar en estos temas con este proyecto y con otros como el proyecto de neutralidad de red y dice que es necesario mantener libertad en internet.

El Diputado Juan C. Latorre mucho más escueto dice que se debe proteger a autores, pero norma 10 y 12 no tiene relación con eso. No es posible que ISP sea policía y dice que rechazará estas indicaciones.

Finalmente la última persona en hablar es la Diputada Karla Rubilar quien anuncia que votará en contra de las indicaciones 10 y 12 (al igual que todo RN) porque no es posible que ISP censure Internet. NO a 10 y 12 en un país libre como Chile.

Concluyendo la jornada, se votan las indicaciones de la siguiente manera y con los resultados que siguen:

Indicaciones 1 a 11 (exceptuando la nº 10). Resultado 83 a favor, 1 contra y 2 abstenciones. Todas aprobadas.

Indicación nº 10. Resultado 8 a favor, 67 en contra y 7 abstenciones. SE RECHAZA INDICACION.

Indicación nº 12. Resultado 3 a favor, 75 en contra y 5 abstenciones. SE RECHAZA INDICACION.

Esto significa que finalmente se logró con éxito el objetivo de la campaña iniciada y hemos conseguido que se rechazar estas 2 indicaciones que eran lesivas para los derechos ciudadanos, específicamente de los internautas chilenos.

Como era imprescindible que el gobierno lograra que TODAS las indicaciones fueran aprobadas para incorporarlas en el proyecto de propiedad intelectual definitivo, estas 2 indicaciones NO ESTARAN PRESENTE.

LOGRAMOS FINALMENTE #internetsincensura

saludos y felicitaciones a todos los que se sumaron a la campaña

7 Comentarios » Publicado el 21.12.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Congreso, Destacado, Evento, Gobierno, Internet, LD, Legal, Noticias, Opinión, Votación.

Gobierno INSISTE en querer permitir que ISP sin orden judicial bloquee contenido en Internet

logo_comunidades

Esta es una de las noticias que uno no quisiera comentar.

Para los que no están familiarizados con el tema de Propiedad Intelectual, les comentamos que existe en el congreso un proyecto de reforma a esta ley de Propiedad Intelectual, el cual busca regular y actualizar la ley a los tiempos actuales en materia de derechos de autor, surgiendo diversas posiciones y grupos que apelaban a proteger sus intereses, lo que generó diversas situaciones polémicas con consecuencias para todos los chilenos.

Así, una de estas polémicas se dio por la denuncia de la existencia del acuerdo secretocelebrado entre la SCD y el Gobierno de Chile y que buscaba beneficiar absolutamente la posición de la SCD en desmedro de los demás actores que participaban en la discusión del proyecto.

A raíz de este acuerdo finalmente solo conseguimos obtener los llamados “usos justitos”, pero que en cierta forma representaron un avance en excepciones y limitaciones a los derechos de autor.

Sin embargo la polémica más reciente se dio cuando se discutió 5 normas del proyecto en la que se otorgaban facultades a las empresas proveedoras de acceso a Internet para bloquear contenido que presumiblemente infringía derechos de autor y todo tras una simple notificación y sin que sea necesario una orden judicial, lo que claramente dejaba abierta la puerta para arbitrariedades y censura de las empresas de sitios y contenido prejuzgando anticipadamente.

Debido a lo perjudicial de estos artículos para todos los internautas, se generó una campaña entre diversos portales, sitios y grupos, que a base de envíos de emails, discusiones y exigencias a sus representantes en el congreso, se logró que los artículos finalmente fueran RECHAZADOS por la cámara de diputados y luego de una discusión en comisión mixta de diputados y senadores, se VOLVIO A RECHAZAR estas normas que permitían CENSURAR INTERNET sin orden judicial previa, lo que significaba finalmente en el papal que esos artículos ya no iban a estar presentes en la ley de Propiedad Intelectual que saliera.

SIN EMBARGO EL GOBIERNO INSISTE EN QUERER PERMITIR QUE ISP SIN ORDEN JUDICIAL BLOQUEE CONTENIDO EN INTERNET.

¿Cómo es eso posible?

El ejecutivo tiene una facultad especial de ENVIAR NUEVAMENTE a un proyecto de ley artículos para su discusión y si son aprobados serán parte de la ley a través de un veto presidencial… y aunque ustedes no lo crean, el gobierno envió unas llamadas “observaciones” para que incorporaren en la ley de Propiedad Intelectual. Sin embargo, es necesario que sean aprobados por la cámara de Diputados y del Senado,porque si alguna de estas cámaras rechaza alguna observación, no se incorporan al texto final.

Estas observaciones son 10 en total (y que pueden descargar desde acá) existen 2 que CLARAMENTE SON PERJUDICIALES PARA LOS USUARIOS, la nº 10 y la nº 12.

La observación nº 10 señala en resumidas cuentas indica que una ISP podrá bloquear un contenido de internet cuando existan “presuntas” infracciones a derechos de autor 10 días después de notificar por una simple carta certificada al usuario de este hecho.

Obviamente la empresa para evitar ser demandada por la SCD o autores, empezarán a censurar sitios, enviando simples cartas certificadas y bloqueando sitios arbitrariamente y cuando “presuma” que existe violación de derechos de autor, solo para eximirse de responsabilidad, perjudicando a todos los usuarios.

La observación nº 12 por su parte obliga a las ISP a CONSERVAR POR 6 MESESlos datos de identidad de los “presuntos” infractores de derechos de autor a quienes se le enviaron la famosa carta certificada.

Es a todas luces, una grave violación a los datos personales de los usuarios, toda vez que se le da un tratamiento y permite entregárselos a cualquiera que los pida, a pesar de que solo son “presuntos” infractores y no han sido condenados por violación de derechos de autor.

¿EN QUE ETAPA DE LA DISCUSION VAN ESTAS INDICACIONES?
Estas observaciones fueron revisadas este miércoles 16 de diciembre por una comisión mixta de economía y cultura de la Cámara de diputados y finalmente se aprobaron todas las observaciones, con excepción de la nº 12 que fue rechazada, lo que es un alivio porque NO SERÁ DISCUTIDA por los diputados y no formará parte del proyecto final.

SIN EMBARGO aún subsiste la observación nº 10 que a todas luces es perjudicial para todos los usuarios de internet y que será sometida a votación próximamente en pleno de la Cámara de Diputados.

ES INDISPENSABLE que la cámara de Diputados RECHACE la observación nº 10 para que finalmente se elimine de la ley toda facultad que podrían tener las ISP para bloquear contenidos y sitios en forma voluntaria y arbitraria.

Por lo mismo nos hemos reunido diversas comunidades y movimientos de ciudadanos para generar conciencia en forma conjunta e invitamos a todos los usuarios de Internet nuevamente a sumarse en la campaña de rechazar la observación nº 10 comentando de esta noticia, informando, mandando email a todos los diputados y exigiendo para que la ley respete la presunción de inocencia y que solo por orden judicial en casos debidamente comprobados, puedan bajarse contenidos.

“Estimados Señores,

En mi calidad de ciudadano y activo usuario de internet, les solicito rechazar la observación Nº10 presentadas al boletín Nº5012-03 de la ley 17.336 sobre propiedad intelectual, la cual será votada en cámara de diputados el día Lunes 21 de Diciembre.

Texto Observación 10

“El Prestador de servicios que de buena fe constatare presuntas infracciones a los derechos establecidos en esta ley, estará exento de responsabilidad civil, si las notificare por carta certificada al presunto infractor. Si éste manifestare que se aviene al criterio del prestador de servicios o guardare silencio por más de diez días desde la fecha de envío de la comunicación, el prestador de servicios podrá bloquear el material alojado en sus sistemas en que pueda ser objeto de reproche. Se dentro de dicho plazo, el presunto infractor insistiere por escrito en su voluntad de que tales contenidos sigan siendo transmitidos, éstos no podrán ser bloqueados por el prestador de servicios y el prestador de servicios estará exento de todo tipo de responsabilidad”

La petición de rechazo se debe a los siguientes argumentos:

(a) En este texto se les encomienda la función de POLICIA a los ISP ya que habla de constatar infracciones. ¿Cómo un ISP constatará una infracción? Eso significa que tendrá que estar en estado de vigilancia sobre sus usuarios sabiendo en todo momento lo que visitan, navegan, suben o bajan de internet, lo que claramente atenta contra el derecho a la privacidad.

(b) Además se le da poder de tribunal o juez al ISP ya que habla de constatar una infracción a la presente ley. Esa es labor de un tribunal y no de un ISP.

© Se autoriza un sistema censurador de información SIN RESOLUCIÓN JUDICIAL debido a que los ISP estarán obligados (para eximirse de responsabilidad) notificar a los “supuestos” usuarios infractores de sus redes vía carta certificada que están cometiendo una “presunta” ilegalidad, pudiendo bajar o bloquear el acceso al contenido si es que no hay una respuesta dentro de 10 días corridos desde la notificación.

(d) Por otro lado se encubre un sistema privado de bajada de información también sin resolución judicial y solo por petición de terceros que contiene los siguientes pasos: (i) Supuesto titular de derechos comunica infracción a ISP, (ii) ISP obligado a constatar infracción, (iii) ISP obligado a emitir carta certificada, y (iv) ISP obligado a bajar contenido sin resolución judicial.

Bloquear algún contenido en internet debe ser decisión de un tribunal bajo una denuncia realizada y no acción de un ISP que actúa bajo sospecha o ante una petición de un tercero.

Esperando una buena acogida.
De antemano se agradece su representación en el parlamento.
Atentamente

TU NOMBRE”

Acá mail de TODOS los diputados.

iparedes@congreso.cl xvalcarce@congreso.cl misasi@congreso.cl frossi@congreso.cl mespinosa@congreso.cl fw120@congreso.cl paraya@congreso.cl mrojas@congreso.cl raedo@congreso.cl aleal@congreso.cl jmulet@congreso.cl arobles@congreso.cl mbertoli@congreso.cl mdiaz@congreso.cl fencina@congreso.cl pwalker@congreso.cl rfuentealba@congreso.cl amunoz@congreso.cl menriquez-ominami@congreso.cl avargas@congreso.cl mforni@congreso.cl mnunez@congreso.cl aherrera@congreso.cl schilling@congreso.cl jgodoy@congreso.cl lsoto@congreso.cl fchahuan@congreso.cl rodrigogonzalez@congreso.cl eeluchans@congreso.cl svenegas@congreso.cl pmelero@congreso.cl gsilber@congreso.cl krubilar@congreso.cl masaa@congreso.cl ggirardibriere@congreso.cl colivare@congreso.cl phales@congreso.cl cnogueira@congreso.cl aescobar@congreso.cl rsepulveda@congreso.cl jburgos@congreso.cl mcubillos@congreso.cl acardemi@congreso.cl fharboe@congreso.cl jdittbor@congreso.cl cmonckeberg@congreso.cl eaccorsi@congreso.cl macristi@congreso.cl fsalaberry@congreso.cl xvidal@congreso.cl gduarte@congreso.cl cmontes@congreso.cl tjimenez@congreso.cl imoreira@congreso.cl jinsunza@congreso.cl dpaya@congreso.cl iallende@congreso.cl merrazu@congreso.cl rfarias@congreso.cl jkast@congreso.cl dpascal@congreso.cl guriarte@congreso.cl agarcia@congreso.cl evalenzuela@congreso.cl ebauer@congreso.cl asule@congreso.cl masferre@congreso.cl asepulveda@congreso.cl jbarros@congreso.cl jclatorre@congreso.cl scorrea@congreso.cl rleon@congreso.cl saguilo@congreso.cl gverdugo@congreso.cl plorenzi@congreso.cl lperez@congreso.cl opalma@congreso.cl jtarud@congreso.cl gceroni@congreso.cl iurrutia@congreso.cl cjarpa@congreso.cl rmartine@congreso.cl nmonckeberg@congreso.cl jsabag@congreso.cl rsunico@congreso.cl julloa@congreso.cl aegana@congreso.cl jmortiz@congreso.cl sbobadilla@congreso.cl cpacheco@congreso.cl mmonsalve@congreso.cl inorambuena@congreso.cl jlobos@congreso.cl jperez@congreso.cl garenas@congreso.cl mvenegas@congreso.cl eestay@congreso.cl jquintana@congreso.cl gbecker@congreso.cl esaffirio@congreso.cl ediaz@congreso.cl etuma@congreso.cl rmgarcia@congreso.cl fmeza@congreso.cl adeurresti@congreso.cl rdelmast@congreso.cl ejaramil@congreso.cl gvonmuhlenbrock@congreso.cl jhernandez@congreso.cl sojeda@congreso.cl fespinoza@congreso.cl crecondo@congreso.cl mturres@congreso.cl pvallespin@congreso.cl alvarado@congreso.cl ascencio@congreso.cl ralinco@congreso.cl pgalilea@congreso.cl ralvarez@congreso.cl cgoic@congreso.cl

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24 Comentarios » Publicado el 17.12.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Gobierno, Internet, LD, Legal, Noticias, Opinión.

Absoluto rechazo a agresión de parte de miembro de la SCD

pelea quique

Como miembro activo de Liberación Digital y como parte de la sociedad civil organizada y que ha estado participando activamente en la discusión del proyecto de ley de Propiedad Intelectual, MANIFESTAMOS NUESTRO ABSOLUTO RECHAZO Y REPUDIO a la agresión sufrida por miembros de difamadores.cl que, ante una solicitud de declaración por parte de Quique Neira, quien se desempeña como miembro de la Sociedad de derechos de Autor, golpeó violenta y reiteradamente al notero Leo Piante.

Tal como se observa claramente en el video que al final de este texto se inserta, Quique Neira, quien iba contestando preguntas relacionadas al proyecto de Propiedad Intelectual y la relación de la SCD con el gobierno, desmiente absolutamente y se sulfura al grado de ejercer violencia física contra el notero de Difamadores.cl cuando es preguntado por el acuerdo secreto SCD/Gobierno de Chile.

Ratificamos públicamente que quien escribe, en representación de Liberación Digital, estuvo presente en la “mesa de expertos” que estudiaba las indicaciones en el senado y que estuvo presente en la reunión con la Ministra de Cultura Paulina Aurrutia, quien confirmó las sospechas y entregó datos exactos del acuerdo alcanzado entre el ejecutivo y la SCD.

Por tanto, es ABSOLUTAMENTE cierto, que existió condiciones favorables por parte del gobierno a esta entidad privada como es la SCD y cuya revelación del texto y efectos del mismo publicamos como primicia hace más de 1 año atrás en este mismo espacio.

En dicha oportunidad Liberación Digital llamó PUBLICAMENTE a diferenciar entre las acciones de la SCD y los artistas que la conforman.
Así explícitamente señalamos:

¿Debemos boicotear a los artistas chilenos no comprando sus discos, no asistiendo a recitales o distribuyendo sus obras por internet sin su autorización?
R: ABSOLUTAMENTE NO. Liberación Digital es una comunidad de usuarios que respeta el trabajo de los artistas y no busca con la denuncia de este acuerdo crear una campaña de desprestigio en su contra. Menos pegarles (como se lee por ahi) ni ir a quemar una micro frente a la SCD. Tampoco buscamos (ni nos hacemos parte) de descalificaciones personales a artistas. Reconocemos la diferencia existe entre un cargo y la persona que lo ejerce, por lo que hago un llamado a no continuar con este tipo de conductas que no llevan a nada y generan conflictos más que a propuesta concretas como las que con siempre hemos trabajado.

Es, por este mismo sentido, que nuevamente PUBLICAMENTE LLAMAMOS y encaramos a la SCD a que de su opinión por la conducta reprochable de uno de sus directivos, justamente para no entender que ese tipo de respuestas es oficial por parte de la SCD ante cualquier consulta relacionada con el proyecto de Propiedad Intelectual.

Nuevamente nuestros más sinceros apoyos a todo el equipo de Difamadores.cl y toda organización de la Sociedad Civil que válidamente busca proteger y defender intereses ciudadanos.

Video golpiza Quique Neira

4 Comentarios » Publicado el 24.11.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Destacado, Gobierno, Internet, LD, Legal, Noticias, Opinión.

Responsabilidad Judicial de las ISPs en Propiedad Intelectual

ISPLa semana pasada dentro del marco de la reforma a la ley de Propiedad Intelectual se realizó otra decisión muy importante por la comisión de senadores, sobre todo por los posibles “efectos secundarios” que podrían haberse dado si no se hubiera llegado a un acuerdo como el logrado.

Y aunque no se considere de mucha importancia, creo que es una vía que se cerró a la SCD y sociedad gestoras similares para poder implantar consecuencialmente algún tipo de canon digital o invención de ese estilo, por lo que veo esta medida acordada por los parlamentarios como un logro obtenido por los “consumidores culturales”, al ser una figura que apoyábamos desde un principio.

Para explicar un poco en que consiste el tema de la llamada “responsabilidad judicial de las ISPs”, debemos entender que las ISP son las llamadas proveedoras de acceso a Internet. Sin embargo, es común que además del negocio de acceso, son proveedoras de contenido, por ejemplo dando espacio, hosting o generando plataformas donde puede haber material que podría infringir derechos de autor.

Para explicarlo didácticamente:
Puede ocurrir que VTR por ejemplo tiene dentro de sus servidores un espacio de un usuario X con música de algún cantante asociado a la SCD. La SCD podría directamente reclamar ante VTR para que elimine ese contenido, pero actualmente la ley nada decía respecto a si efectivamente VTR era responsable por el hecho objetivo de tener los archivos o es responsable posteriormente al aviso de la SCD sobre la existencia de tal material y en este último caso la duda radica es si es necesario un simple aviso administrativo para que comience la responsabilidad de VTR (por omisión de no neutralizar ese contenido) o si es necesario una notificación judicial (orden de un tribunal que ordena la suspensión o eliminación del contenido).

Antes del acuerdo logrado en el senado, la SCD era partidaria de señalar que VTR (las ISPs) eran responsables de inmediato, por el solo hecho que pase contenido ilegal por sus servidores. Con esta figura querían presionar a la industria ISP para exigirle una determinada contraprestación ( o el llamado CANON digital) por esta responsabilidad objetiva. Tras el pago de este canon las ISP no tendrían responsabilidad por todos los usuarios delincuentes que ocupan los servicios de Internet.

Sin embargo, tal como se anunció, el senado acordó que (concorde al Tratado de Libre Comercio con EEUU y tal como ocurre en ese país desarrollado), las ISPs en principio no tienen responsabilidad por el contenido que pasan por sus redes HASTA que sean avisadas, en este caso JUDICIALMENTE de la existencia de un contenido ilegal. Tras esa notificación y ante la posible inactividad (o negativa) de la ISP de bloquear, suspender o eliminar contenido, serán responsable.

Y personalmente apoyamos la moción de notificación judicial previa, porque si solo depende de una notificación administrativa (o simple a las ISP), quedaría en manos de partes privadas y los proveedores de acceso distinguir si tal contenido posiblemente infringe derechos de autor, pudiendo existir casos en que arbitrariamente se bloquee contenido solo por mero capricho de la ISP.

Por último, me quedo con las palabras del senador Juan Pablo Letelier, presidente de la instancia quien afirmó :

“se concordó un criterio que, en general, establece de modo bien equilibrado cuándo las empresas proveedoras de servicios deberán bajar, neutralizar o bloquear la información que vulnere el derecho de propiedad”.

Indicó que el criterio que primó en la Comisión es que las empresas deberán actuar “cuando exista una medida prejudicial o una orden judicial”, ya que la discusión estaba en si se podría hacer mediante vía administrativa, lo que abría una serie de interrogantes por el eventual mal uso de esta facultad.

… “si bien ninguno de los actores del sistema va a quedar plenamente satisfecho con el procedimiento, creo que se estableció una fórmula equitativa ya que también se dejó como criterio legal la posibilidad de que se realicen acciones administrativas y de autorregulación de las partes”.
…”de este modo, si alguien se siente afectado por la vulneración de sus derechos de propiedad intelectual se puede dirigir a los proveedores y éstos, en determinadas circunstancias, podrán voluntariamente interceder, aún cuando haya alguien que tenga vínculos anteriores”.

Deja un comentario » Publicado el 21.07.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Congreso, Industria, Internet, Legal, Noticias, Opinión.

Aparición en “Estamos Conectados de Canal 13″

“Estamos Conectados” es un programa de Canal 13 cable que realiza periódicamente entrevistas y reportajes sobre temas tecnológicos.

En esta oportunidad, realizaron una nota periodística denominada “Datos personales: un bien preciado por el mercado” en donde se habla sobre la información privada y datos personales que circulan por Internet.

Dentro de esta figura y considerando nuestra acción contra la empresa Try Who,  es que fuimos entrevistados y aparecemos en la nota mencionada.

Es por eso que se muestra a Liberación Digital (y esta persona que escribe) como movimiento activo de la Sociedad Civil y eficaz en la protección de los derechos ciudadanos relacionados con el ámbito tecnológico.

Asi que desde acá agradecemos la colaboración para ser considerado en la entrevista y al equipo de canal13 cable por la nota sobre el tema e inclusión de la situación vivida.

4 Comentarios » Publicado el 12.07.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Contributors, LD, Medios, Noticias, Opinión, Prensa Tradicional.

Reflexiones sobre la norma de televisión digital

tv_digital La semana pasada gracias a mi trabajo tuve la oportunidad de conversar personalmente con el Embajador de Japón en Chile, Wataru Hayashi y el Viceministro japones para la Coordinación Política, Terasaki Akira en la cual se habló sobre la norma de Televisión Digital y específicamente de la norma japonesa.

En esta charla, que duró aproximadamente 1 hora conversamos sobre la necesidad de Chile de adoptar una norma de Televisión que sea acorde a la realidad nacional y no impuesta desde el extranjero, donde se reconociera la calidad técnica y funcional de la opción que el poder ejecutivo debe adoptar, pero donde nosotros como “consumidores” de TV podemos también opinar.

Ya antes había comentado sobre el tema de la norma, sin embargo creo que en este punto debemos reflexionar sobre 4 puntos fundamentales al momento de hablar de la Televisión Digital en Chile.

Los invito a leerlos y reflexionar sobre ellos:

1º Televisión Digital y Norma Digital

Un aspecto a considerar, y en la que naturalmente nos concentramos cuando hacemos referencia a la Televisión Digital es la adopción de la Norma a la cual Chile debería adherirse para desarrollar esta tecnología.

Personalmente antes de la reunión concertada ya tenía mi opinión respecto a que la norma de TV Digital que más se adecúa a la realidad nacional es la norma japonesa.

Debemos recordar que Japón, hace 5 años dio el inicio a esta norma de Televisión Digital Terrestre (ISDB-T), existiendo a diciembre de 2008 108 millones de receptores (estadísticas sacadas de http://www.jeita.or.jp/english ) y creado por un país conformado por un archipiélago conformado por regiones montañosas en el 70% de su territorio y lugares de difícil acceso.

Por lo mismo esta norma se destaca por su robustez contra adversidades naturales y artificiales, por permitir la señal a lugares muy lejanos y que, en caso de nuestro país, lograría funcionar sin problemas, consiguiendo que finalmente la televisión tenga una infraestructura pública, social y masiva sin problemas.

Eso sin dejar de lado, las especificaciones técnicas y de calidad que hacen posible transmisión tanto de HDTV (TV de Alta Definición) como SDTV (TV de Definición Estándar), consiguiendo que dentro de un limitado espectro radioeléctrico exista miulticasting y pluralidad comunicacional.

2º Rol y espacio de la Televisión Comunitaria

Otro aspecto que debemos considerar, sobre todo los parlamentarios que en este momento revisan el proyecto de ley denominado “Ley que permite la introducción de la televisión digital terrestre.” , es sobre la necesidad de CONSIDERAR e INCLUIR al rol y espacio de la Televisión comunitaria.

Y cuando hablo de Televisión Comunitaria, no me refiero a espacio para regiones (televisión regional), sino a diversos actores que por años no han podido estar presentes en la TV abierta (por financiamiento y congelación del espectro radioeléctrico).

Así, tal como existen radios comunitarias funcionando (muchas al borde de la ilegalidad por no tener concesiones vigentes), también existen algunas estaciones de televisión locales y comunitarias (como es el caso de Canal 3 de la Victoria), que deben ser consideradas al momento de hablar de televisión digital.

Así, cuando hablamos de participación ciudadana, de contenido local, de espacio a nuevos contenidos, debemos incluir a estos actores que tienen características de ser personas jurídicas sin fines de lucro y que no buscan dar contenido comercial, sino más bien comunitario (por lo mismo deben diferenciarse de canales regionales o comunales donde pueden haber concesiones a entidades con fines de lucro, lo que trastocaría el concepto comunitario).

En países como Argentina existe un impuesto que se aplica a las grandes cadenas de TV para la sustentabilidad de los canales comunitarios y en España el Estado es el dueño de la infraestructura que entrega en comodato a estos canales menores.

¿Por qué en Chile se deben descuidar?

3º Contenido de Televisión y aplicaciones asociadas

Cuando hablamos de TV Digital al mismo tiempo instintivamente concebimos una gran cantidad de planilla programática donde podríamos encontrar pluralidad, diversidad y multiplicidad de contenidos.

Es como tener la actual programación de TV análoga y multiplicarla. Sin embargo, el hecho que pase de análoga a digital significa dar nuevas oportunidades para la generación de contenido, pero adicionalmente de APLICACIONES asociadas.

Es decir, surge la posibilidad de que con una norma de tv, por ejemplo, la japonesa, puedan multiplicarse los receptores disponibles. Ya no hablamos solo de Televisión, sino también de otros aparatos posibles que puedan recibir señal y contenido propio para ellos.

Así, otros receptores se encuentran en reproductores de mp4, sintonizadores USB, grtabadores HDD, radios de bolsillo, videojuegos de mano, computadores personales, notebook, y actualmente es posible tenerlos en teléfonos celulares.

Es así como por ejemplo, la norma japonesa permite la recepción libre y gratuita de señal en dispositivos móviles y en movimiento, consolidando la función social de la TV abierta y entregando a cualquier ciudadano, sin costo alguno, un nuevo modo de ver la televisión para informarse o entretenerse donde quiera y cuando quiera. este servicio denominado “One Seg” ya está operativo en Japón y Brasil ya lo utiliza en 9 ciudades de dicho país.

Finalmente, una aplicación bastante interesante que conocí del estándar japonés , es que permite incluso implementar un mecanismo para encender automáticamente todos los receptores fijos y portátiles en modo Stand-by para que en caso de energencia proyecten avisos enviados por el gobierno, sobre todo en caso de desastres naturales se requiera dar anuncios de connotación pública.

Con esto, se lograría una verdadera herramienta social y pública.

4º Desarrollo Tecnológico del país.

Muchos países ya se encuentran en etapa de finalización respecto al paso de TV análoga a digital, como el caso de EEUU donde ya se produjo el apagón análogo.

En los países más desarrollados la discusión sobre la norma no es tema, sino como se efectúa un desarrollo coherente e institucional de la mano de las tecnologías, específicamente con la norma de TV Digital.

Es así como Brasil, por ejemplo, que decidieron adoptar la norma japonesa, pero adecuándolo a su realidad, a producido como consecuencia un plus de generación de tecnología propia, fortaleciendo este sector más el de telecomunicaciones al exportar conocimientos a otros países.

Esto conlleva a que el factor inteligencia asociado a tecnologías incremente las ganancias y fomentando el desarrollo del país en exportaciones por concepto de servicios, alejándolo de la dependencia de los recursos naturales.

Chile podría asumir esta oportunidad como necesaria para optar por una norma de televisión digital adecuada y asi fortalecer una Política Tecnológica coherente y de futuro para ser líderes en este ámbito y no “consumidores tecnológicos y de servicios” de terceros país.

Existe capacidad intelectual, de profesionales y recursos en nuestro país para esto.

Solo falta la llamada “voluntad política”.

Fuente foto: é triste viver de humor

5 Comentarios » Publicado el 30.06.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Estrategia Digital, Gobierno, Internet, Legal, Noticias, Opinión, Propuestas.

Propiedad Intelectual en Tiempos de Internet

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Propiedad Intelectual en Tiempos de Internet es el nombre del Foro que se realizará este Viernes 26 de Junio a las 18.30 hrs en el Campus Libertad de la Universidad ARCIS, en donde hablaremos sobre este actual tema de debate sobre Propiedad Intelectual en su relación con el derecho comparado y la situación en Chile (sobre todo con el proyecto de ley de Reforma a la Ley de Propiedad Intelectual) que actualmente se encuentra en el Senado.

Hay que considerar que esta es una iniciativa de nuestro amigo Hugo ( Baronti ), quien conforme al llamado de realizar acciones concretas sobre el tema de Propiedad Intelectual, gestionó este encuentro vía la lista de correos de Liberación Digital y coordinando con la Escuela de Derecho de la Universidad ARCIS.

Es un evento gratuito, abierto y por tanto están invitados todos a participar de esta actividad.

Los esperamos.

4 Comentarios » Publicado el 23.06.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Destacado, Evento, Legal, Noticias, Opinión, Reunión, Software Libre.

Lo negociado y pactado de los Usos Justitos

uso-justo-320x200El día de hoy 15 de junio se llevó a cabo finalmente la reunión de la comisión mixta de senadores que tenía por finalidad ponerse de acuerdo si en el proyecto de ley sobre reforma a la ley de Propiedad Intelectual que se verá en pleno en el senado, se incluía o no una excepción a los derechos de autor relacionados con el Uso Justo.

Como antecedentes podíamos decir que la SCD como siempre estaba realizando un lobby que los llevó incluso (y sin consideración ética o moral) a reunirse con los candidatos presidenciales, el 2 de abril con el candidato de la oposición Sebastián Piñera (donde dijeron que se sienten desamparados del Gobierno ¡¡WTF!!) y el día domingo 14 de junio con el candidato de la concertación Eduardo Frei, quien prometió interceder para corregir el proyecto que modifica la ley de propiedad intelectual, y que permite que en determinados casos los autores no reciban remuneración por el uso de sus obras (Léase excepciones a los derechos de autor).

Si a esto le sumamos la denuncia de intervencionismo por parte de 2 ministros de Estado ( Viera Gallo y Paulina Urrutia), no era para nada alentador el panorama que se vivió en la mañana cuando antes de la sesión de los senadores hubo una reunión previa para NEGOCIAR y PACTAR un texto alternativo a las indicaciones 123 y 124 que hacían referencia a los llamados USOS JUSTOS.

La indicación 123 y 124 señalaba:

    Indicación 123 Senadores Núñez, Ominami, Naranjo y Navarro

    …El uso justo de las obras protegidas por el derecho de autor con el propósito de crítica, parodia, comentario, información de noticias, enseñanza, o interés académico, no constituye una infracción al derecho de autor.

    En la determinación de si la utilización de una obra en un caso particular es un uso justo, se deberán considerar los siguientes factores:
    a) El propósito y carácter de la utilización, incluyendo la determinación si dicha utilización es de una naturaleza comercial, educacional o sin fines de lucro.
    b) La naturaleza de la obra protegida.
    c) La cantidad e importancia de la porción utilizada de la obra protegida.
    d) El efecto de dicha utilización en el mercado actual y potencial de la obra protegida o en su precio.”.

    Indicación 124 Senador Bianchi

    …Es lícita, sin remunerar ni obtener autorización del titular, la utilización de una obra divulgada, con el propósito de parodia, caricatura, pastiche o crítica, siempre que la utilización no implique riesgo de confusión con la obra protegida y se trate de un uso justo.”

Ahora bien. En esta reunión previa estuvieron presentes diversos actores, entre los que se encontraban, tal como se señaló, los Ministros Viera Gallo y Paulina Urrutia, representante de IFPI, Santiago Schuster, Denisse Malebran y varios otros representantes de la SCD. Ahi se discutió previo a la sesión de los senadores, cual sería el texto definitivo porque a los “representantes” de los artistas (no sé de donde sacaron el mandato amplio de representación) no iban a dejar pasar ninguno de los 2 textos. Por lo mismo, tras una conversación negociada, se pactó un texto refundido que en principio permitiría algunas excepciones a los derechos de autor, pero se dejó de lado el uso del texto “USO JUSTO” en la norma proyectada.

Por lo mismo, el texto negociado y pactado, y que fue votado y aprobado en forma unánime por los senadores es el siguiente:

“Es lícito el uso incidental y excepcional de una obra protegida con el propósito de crítica, comentario, parodia,  caricatura,  enseñanza, interés académico o de investigación, siempre que dicha utilización no constituya una explotación encubierta de la obra protegida. La excepción establecida en este artículo no es aplicable a las obras audiovisuales de carácter documental”

Una opinión personal es que este es una suerte de USO JUSTITO, porque autoriza algunas excepciones que antes la ley no preveía, y por tanto, no considera delincuente a quien realiza uso de obras para los fines que se mencionan, sin embargo DEJA AFUERA los USOS JUSTOS que los ciudadanos común y corrientes buscábamos.

Así, seguimos siendo delincuentes si hacemos un uso privado de obras como respaldo de cds de música a mp3, seguimos siendo delincuentes si ocupamos un poema para recitarlo a nuestra pareja en público, seguimos siendo delincuentes si grabamos a nuestro hijo en video y de fondo suena una canción de Quique Neira.

Por lo mismo, no entiendo la felicidad de algunas personas o instituciones que creen que hay que felicitar por esto. Es cierto que es un avance en la legislación, es cierto que frente al GRAN PODER de negociación, lobby y apoyo de la SCD es lo mejor que se ha logrado, pero aun creo que los ciudadanos, los “consumidores culturales” podríamos hacer más presión y lograr más objetivos.

Mi intención no es desaminar. Pero el intervencionismo al que hacíamos referencia actuó y dejó mermada una posición ciudadana.

Ahora, no hay que descuidar este logro conseguido con los “Usos Justitos”. Debemos recordar que este texto debe ser aprobado por el senado en pleno y pasar a Cámara de Diputados para su ratificación. Y podría ser que la SCD, que YA NEGOCIÓ con el gobierno, con ambos candidatos presidenciales y en esta mañana, quiera negar lo PACTADO y quiera cambiar el texto final.

Seguimos atento al desarrollo y acceso cultural PARA TODOS del país.

11 Comentarios » Publicado el 15.06.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Destacado, Evento, Gobierno, Legal, Noticias, Opinión.

Try Who cierra momentáneamente por presión ciudadana

Esa es una de las teorías que tenemos de las razones de porqué transitoriamente (según sus propias declaraciones) la empresa Try Who, la que se lucra y hace negocios con los datos personales de los chilenos, cerró sus servicios ofrecidos justamente en el mismo momento en que, junto al senador Guido Girardi, comentábamos que íbamos a presentarun recurso de protección a favor de todos los chilenos.

Esta noticia del cierre de Try Who fue abordado y difundido por algunos medios. Así, Radio Bio-bio replicó parte de la conferencia de prensa y en medios escrito La Nación preparó una nota al respecto aparecido en versión papel y vía twitter, se comunicaron los periodistas de La Cuarta y también salió un informe sobre lo acontecido (obviamente con lenguaje popular).

Personalmente creo que la presión ciudadana, manifestado a través de distintos grupos en Facebook (en donde hay grupos que se organizan supuestamente para presentar alguna demanda civil), los mensajes enviados en blogs, sitios web, portales en Internet, etc. más las acciones concretas de presentación del recurso de protección, hicieron ver la oposición existente frente a la manera en que la empresa se encontraba funcionando y lucrándose con nuestros datos.

Es como ganar una pequeña batalla, pero no la guerra.

Estoy seguro que (tal como lo anuncian), la empresa volverá a funcionar, pero tratando de ajustarse aun más a la legislación actual, estableciendo algunas reglas más precisas de uso, fijando mayor control respecto a los usuarios que solicitan datos, estableciendo filtros y , en definitiva, adecuarse al respeto que la Constitución Política garantiza.

Aunque será más difícil de abordar, los estaremos esperando. Porque los derechos ciudadanos son más importantes que lucrarse a nuestra costa. Por lo mismo, la idea es hablar, informarse, generar debate y conciencia del valor de nuestros datos personales. Que son nuestros, por más que se encuentren en “fuentes de acceso público”.

Para descargar video en alta definición (HD) click aca

5 Comentarios » Publicado el 8.06.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Evento, Informe, Legal, Noticias, Opinión, Politica.

Acciones legales contra Trywho y la violación de nuestra privacidad

S7306011 [Resolucion de Escritorio]

La empresa Trywho de la cual habíamos hablado anteriormente y que se lucra con el tratamiento de datos personales de todos los chilenos, informando a terceros datos como edad, sexo, estado civil, domicilio, teléfono, deudas no canceladas, propiedades raíces y avalúo fiscal de las mismas, etc, se ha visto envuelta en la polémica porque  realiza, a nuestro entender, acciones ilegales y contrarios a la Constitución Política del Estado.

Así, el artículo 19 nº4 de la Constitución Política del Estado, señala:

Art. 19. La Constitución asegura a todas las personas:

4°. El respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y de su familia

Esta empresa argumenta que ellos se ajustan a la ley 19624 sobre “protección de la vida privada”, sin embargo, nosotros no estamos de acuerdo y por lo mismo, buscando apoyo parlamentario, este viernes 5 de junio se realizó una conferencia de prensa con el Senador Guido Girardi y quien escribe, como miembro del Movimiento Ciudadano Liberación Digital, en la cual anunciamos la redacción y posterior presentación de un Recurso de Protección a favor de todos los Chilenos.

En nuestras manos tenemos antecedentes personales y comerciales de diversas autoridades como son senadores, Presidente Corte Suprema, ministros de corte de apelaciones, de Director de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), de ministros de Estado y gente del espectáculo (Mauricio Israel), justamente para acreditar como los datos personales pueden ser fácilmente accedidos por cualquier persona, sin responsabilidad alguna por la empresa Try Who que actúa solo como “nexo” y no como administradora de bases de datos.

Así, cualquier persona puede utilizar estos datos para realizar acciones de estafa, sustitución de personalidad, atentados terroristas, mal uso de información privada y comercial, etc.y sin que los titulares de sus propios datos puedan decir algo. Y no conforme con lucrarse Try Who tiene acceso a bases de datos como del Registro Civil, Registro Electoral y Servicios de Impuestos Internos.

Nuestra duda es saber como ellos acceden y con que autorización legal los servicios públicos entregan esta información violando la confidencialidad de los datos y el principio de finalidad de los datos que señala que si una persona entrega información al SII por ejemplo para fines tributarios, NO puede cederse esa información para otras instituciones con OTROS fines como lucrarse con ellos.

Por esto, hemos estamos redactando este recurso de Protección para consultar directamente a los tribunales superiores de Justicia sobre la legalidad del actuar de empresas como Try Who.

ACTUALIZACION!!

trywhoJusto cuando estaba a punto de publicar esta entrada e ibamos a hacer un llamado a todas las personas que se sentían perjudicadas con Try Who se sumaran al recurso de Protección, supimos que la empresa cerró momentáneamente sus servicios y que no es posible acceder a datos de terceros pagando por ello.

La declaración que se encuentra en la página web de la empresa señala que era tan solo una marcha blanca y que promete volver en un futuro (sin indicar fechas),  supuestamente mejorando el servicio.

No sabemos si es una reacción a nuestro rechazo y por la posible presentación del recurso de protección, pero en la práctica significa que no sacamos nada con presentar el recurso mientras la empresa no funcione, porque será rechazada la presentación porque actualmente la empresa no está dando tratamiento de datos personales.

Estaremos atento al desarrollo de esta noticia, pero hacemos un llamado a todos a generar la conciencia de la importancia de la protección de nuestros datos personales.

En otros países como EEUU y España cuentan con órganos de protección. En Chile, la ley de protección de datos de 10 años atrás NADA dice, permite todo uso de nuestros datos y otorga licencias como las que se dan en este caso.

Por lo mismo, con el senador Girardi, además de presentar (momentáneamente suspendido) el recurso, presentaremos un proyecto de ley que regule sobre todo a los servicios públicos la entrega de datos a terceros.

Seguimos trabajando por la protección de los derechos ciudadanos.

13 Comentarios » Publicado el 5.06.2009 por Pedro Huichalaf Roa en Legal, Medios, Noticias, Opinión, Politica, Propuestas.